Tras siete años de tramitación en el Congreso, la ley establecerá los deberes correspondientes a los órganos del Estado para enfrentar los actos de violencia hacia las mujeres garantizando su cumplimiento y permanencia.
El pasado sábado, la Ley Integral fue finalmente promulgada con el fin de prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género; iniciativa que fue ingresada a trámite durante el segundo gobierno de la ex presidenta Michelle Bachelet entre los años 2014 y 2018.
Esta ley, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones (física, psicológica, sexual, económica, gineco-obstétrica) desde un enfoque preventivo. Cuyo objetivo principal es propiciar la elaboración e implementación de planes, programas y protocolos para su prevención.
Ante el anuncio, las autoridades destacaron que esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia.
“La ley requirió el trabajo de comisiones unidas en el Senado y una larga discusión artículo a artículo, puesto que se pidió discusión separada para cada cosa que dijera ‘género’”; afirmó la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana.
La promulgación de la Ley Integral se realizó en el Museo de la Educación Gabriela Mistral, instancia que contó con la participación de diversas autoridades del Gobierno y de más de 200 mujeres de organizaciones feministas.
“La violencia de género tiene amplias dimensiones, y esta ley recoge y materializa de manera normativa el reconocimiento de las formas diversas en las que ocurren, y también las personas diversas a las que afecta. Está la necesidad de la mirada de integralidad para abordar las situaciones involucra, por ejemplo, las situaciones que tienen que ver con los hijos en común”; destaca Francisca Millán, abogada socia del estudio jurídico AML Defensa de Mujeres.
Ley Integral
Además, esta ley incorpora a niños y niñas que viven con sus madres o cuidadoras, siendo así considerados como víctimas y testigos.
Asimismo, según informa el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, esta iniciativa establece los deberes de los órganos del Estado en materia de prevención, investigación protección, sanción y reparación de violencia contra las mujeres, y les mandata actuar con estándares de debida diligencia, lo que implica que investiguen o juzguen hechos de violencia de género, según corresponda, y adopten medidas oportunas, idóneas, y exhaustivas para garantizar el acceso a la justicia, y así evitar el archivo de casos.
Junto a ello, la ley fortalecerá el rol de representación jurídica del SernamEG en casos de femicidios o suicidios femicidas, para llegar antes y más rápido.
Permitirá contar con un sistema de gestión integral de casos, para que todos los organismos que trabajan en la prevención, atención y reparación de la violencia contra la mujer, cuenten con la misma información y puedan intervenir y articularse eficientemente, evitando la revictimización.