Aunque el hombre tiene la tuición de su hija y es la madre quien debe pagar la pensión alimenticia, por un error judicial quedó con arresto domiciliario y arraigo nacional.
Un hombre fue víctima del error de un tribunal de familia, luego que el Juzgado ordenara por error el arresto nocturno y el arraigo nacional en su contra, pese a que él había iniciado una demanda por una deuda de pensión de alimentos contra la madre de su hija.
Se trata del caso de Marco Ortiz, quien desde 2018 tiene la tuición de su hija, y demandó a la madre de la niña por adeudar la pensión de alimentos hace algunos meses, cerca de $1 millón. Ante esto, el Segundo Juzgado de Familia revisó el caso y ordenó el arresto nocturno y arraigo nacional...pero del hombre.
El caso fue dado a conocer por Meganoticias, donde indican que el Juzgado cometió un error al redactar la medida, decretando las medidas cautelares contra el hombre, siendo que él era el demandante y la mujer la deudora.
“Puse una medida de apremio para ver que se podía hacer. Dije, la voy a revisar y veo que se aceptó todo lo que yo solicitaba, pero cuando vi que era a mi nombre (...) sentí injusticia en el momento porque era algo insólito. Yo dije, no puede ser que una jueza no se dé cuenta del error que está cometiendo”, comentó el hombre.
En la misma línea, Marco comentó que la situación lo ha afectado, no sólo a nivel personal sino también laboral. “Yo manejo, yo viajo, si es necesario viajar fuera de Chile tengo que viajar por trabajo. La reclusión nocturna, por algo que no hice, es demasiado injusta”, afirmó.
Ante esto, Marco Ortiz presentó un recurso ante la Corte Apelaciones, para revertir la decisión del “Segundo Juzgado de Familia” y deje sin efecto las medidas cautelares.
“Estereotipo de género”
Consultada al respecto, la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, indicó que este caso es un reflejo de los estereotipos, porque se asumió inmediatamente que el deudor es el hombre.
“Esto es precisamente un ejemplo de lo que son los estereotipos de género, porque se asume, aunque la querella diga lo contrario, que el deudor es el hombre”, afirmó la secretaria de Estado.
“Por tanto, esto no es una falla de la ley, más bien de su aplicación y cómo operan los sesgos de género, donde siempre se asume que el deudor es el hombre”, añadió Orellana.