SII obliga a comercios a entregar boleta impresa a compradores en ventas presenciales

SII obliga a comercios a entregar boleta en ventas presenciales.

La resolución emitida por el Servicio de Impuestos Internos busca reforzar el cumplimiento tributario y combatir la evasión del IVA.

Con el objetivo de fortalecer el cumplimiento de las obligaciones tributarias en relación al IVA y mejorar la lucha contra la evasión fiscal, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ha establecido una nueva medida que afecta a los comercios que emiten boletas electrónicas de ventas y servicios, así como a aquellos que reciben pagos a través de medios electrónicos en ventas presenciales.

Según la nueva resolución dictada por el SII, los comercios estarán obligados a entregar al comprador una representación impresa del comprobante de pago por cada transacción realizada. Esta obligación aplica independientemente del método de pago utilizado, ya sea en efectivo, transferencia o tarjetas bancarias.

Patricio Muñoz, subdirector de Asistencia al Contribuyente del SII, explicó que la medida tiene como objetivo reforzar la obligación de emitir y entregar una boleta en todas las compras, con el fin de asegurar que los impuestos recaudados lleguen al Estado.

“Estamos incorporando la obligatoriedad para el vendedor de entregarla en forma impresa y también llamando a los contribuyentes a exigir su boleta o comprobante de pago (voucher), asegurando que el impuesto que pagan en cada compra llegue al Estado y dejando respaldo de las compras realizadas”, señaló Muñoz.

Detalles de la resolución

La Resolución N°12, emitida el 17 de enero, especifica las nuevas obligaciones que deberán cumplir los emisores de boletas electrónicas:

  • Pagos en efectivo o por transferencia bancaria: Los comercios deberán entregar obligatoriamente la representación impresa de la boleta electrónica.
  • Pagos con tarjetas de débito, crédito u otros medios electrónicos: Además de la boleta electrónica impresa, el comercio deberá entregar también el comprobante de pago (voucher), dependiendo del modelo de emisión utilizado.
SII obliga a comercios a entregar boleta impresa.

Si bien los comercios podrán seguir enviando una copia electrónica de la boleta o comprobante (por medio de WhatsApp, correo electrónico u otros medios), esta opción será complementaria y no sustituye la obligación de entregar la representación impresa al comprador.

Plazo de adaptación

Los comercios que no cuenten con los equipos necesarios para imprimir los documentos o que aún no hayan adaptado sus sistemas tecnológicos a esta nueva obligación tendrán plazo hasta el 1 de marzo de 2026 para cumplir con las exigencias. Durante este período, podrán seguir entregando la representación virtual de la boleta electrónica y/o el comprobante de pago.

Esta medida forma parte de los esfuerzos del SII para garantizar una mayor transparencia en las transacciones comerciales, contribuyendo a reducir la evasión fiscal y protegiendo al contribuyente y al comercio mediante una documentación más accesible y verificable.

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