"En total, en nuestro país hay 234.012 armas que están perdidas, nadie sabe dónde están y eso es gravísimo para cualquier sociedad".
Así lo señaló a La Cuarta Katherine Martorell, subsecretaria de Prevención del Delito.
La autoridad se refirió específicamente a este tema a raíz de las 150 medidas anunciadas la semana recién pasada por el Gobierno, en el acuerdo nacional para la seguridad del país.
Las propuestas abarcan una profunda reestructuración del registro de armas en el país, incrementando los requisitos para la adquisición e inscripción, a la vez que se establecerán deberes para sus tenedores y sanciones en caso de incumplimiento.
Lo que hay que saber del armamento
1. Adquisición de armas
La compra de armas de fuego, así como todos los trámites posteriores, incluyendo la inscripción, deberán ser realizados de manera personal.
2. Actualización del registro de armas de fuego.
Se implementará una actualización del registro de armas inscritas, con el objetivo de tener datos fidedignos de la dimensión del fenómeno de las armas en nuestro país, la ubicación real de cada una de éstas, y así mejorar la fiscalización de las mismas.
3. Extravío y abandono de armas
Se establecerá la sanción de inhabilitación o revocación de permiso al poseedor que extravíe más de dos veces armas u otros elementos sujetos al control de la Ley de Armas.
4. Mayor fiscalización
Se incorporará a la PDI en las labores de fiscalización respecto de la inscripción y tenencia de armas inscritas en el Registro Nacional. Se establecerá el deber legal de los tenedores de armas de exhibirlas en el caso de que sean fiscalizados, bajo pena de multa ante una negativa injustificada.
5. Reformulación del programa "entrega tu arma"
Se abrirá un plazo de seis meses para la devolución anónima de armas inscritas robadas, no inscritas o ilegales.
6. Registro, fiscalización y control
El Registro Nacional de armas de fuego inscritas de la Dirección General de Movilización Nacional deberá contar con un sistema de consulta en línea, que estará disponible para las instituciones que participen del control de armas y para el Ministerio Público.
7. Actualización constante
Se establece el deber de actualizar cada 2 años todas las armas de fuego inscritas en una plataforma digital. En caso de incumplimiento, no se podrán llevar a cabo trámites como la renovación de cédula de identidad o pasaporte, o recibir contraprestaciones o beneficios públicos.
8. Trazabilidad de las armas
Se exigirá respecto de las nuevas armas y municiones contar con sistemas de trazabilidad, como sistema de código de barra, chip de geo localización u otros, con toda la información del arma en línea.
9. Armas de colección
Se estipulará por ley que en ningún caso se podrá definir como "de colección" un arma de fuego fabricada después de 1899.
10. Obligaciones y sanciones
Cuando el dueño de un arma sea víctima de robo o hurto de armas de fuego o municiones y, en el caso de extravío, el deber de notificar a la autoridad del registro competente.
11. Armas del Estado
Cada una de las instituciones de las FF.AA. y las Fuerzas de Orden y Seguridad deberá contar con un Registro Nacional de Armas y Municiones. Además, deberán implementar un plan de control, a través de auditorías aleatorias.
12. Mayor requisito para la adquisición de armas
El adquirente deberá ser chileno o tener 3 años de residencia definitiva. También se creará una licencia de aptitud de uso de armas expedida por Carabineros. Cada persona deberá aprobar un curso teórico y práctico de mantención, utilización y conocimiento.