La defensa de la exalcaldesa de Maipú detalló que, desde el comienzo de la medida cautelar, las sesiones del menor fueron “suspendidas”.
La exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, solicitó interrumpir el arresto domiciliario total por tres días para poder llevar a su hijo a sesiones de hipoterapia en El Quisco.
Desde hace un mes que el 9° Juzgado de Garantía de Santiago decretó el arresto domiciliario total y arraigo nacional en contra de Barriga, tras ser formalizada por los delitos reiterados de fraude al fisco y falsificación de instrumento público.
Sin embargo, según informó La Tercera, la defensa de la exalcaldesa, los abogados Jose Miguel Barahona y Cristóbal Bonacic, solicitó al 9° Juzgado de Garantía de Santiago que su representada pudiera interrumpir su arresto domiciliario los días 16 y 23 de febrero y el 1 de marzo.
¿El motivo? Acompañar a su hijo a sesiones de hipoterapia en el centro recreacional Secretos del Rancho, ubicado en la Parcela Lote de Soto, en El Quisco.
De acuerdo a lo informado por el medio, en el escrito se detalla que el menor presenta la condición de “Trastorno del Espectro Autista en grado moderado, retraso del desarrollo psicomotor de predominio lenguaje y de sus habilidades sociales”.
Según los criterios ADOS, “es un paciente altamente dependiente, especialmente cuidados maternos para avanzar en su desarrollo, que considere la terapia ocupacional, terapia fonoaudiológica diaria e hipoterapia semanal, entre otras”.
La defensa de la exautoridad comunal indicó que desde el comienzo de la medida cautelar que las sesiones del menor habían sido “suspendidas”. Asimismo, señalaron que para evitar un retroceso en su tratamiento, estas deberían “ser restablecidas en lo inmediato”.
La respuesta a la solicitud
Sin embargo, la jueza del 9° Juzgado de Garantía de Santiago, Claudia Burgos Sanhueza, rechazó la solicitud el pasado 16 de febrero.
La resolución indica que “vistos la naturaleza de la medida cautelar dispuesta, y los fundamentos de la misma, considerando que lo solicitado constituye una alteración que requiere su resolución en audiencia y previo debate por cuanto la situación que se expone ya se consideró al momento de disponer como medida cautelar el arresto domiciliario total, no se hace lugar a lo solicitado”.