Ojo, seleccionados: las seis causales para eximirse del Servicio Militar

Más de 80 mil jóvenes nacidos en el 2000 fueron llamados. Hasta el 19 de noviembre hay plazo para presentar antecedentes.

Más de 80 mil jóvenes nacidos en el 2000 fueron llamados a realizar el Servicio Militar 2018. Para saber si estás entre los seleccionados, revisa en este enlace.

Si estás en la lista y quieres eximirte, hay plazo hasta el 19 de noviembre para presentar antecedentes en el cantón correspondiente.

Para no realizar el Servicio Militar, hay seis razones que los jóvenes llamados puedes argumentar.

1- Incapacidad física o psíquica permanente, la que deberá ser acreditada mediante un certificado médico. En el caso de la incapacidad psíquica, el documento debe ser emitido por un psiquiatra.

2- Ser miembro de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, o parte del personal de Gendarmería de Chile.

3- Problemas socioeconómicos, de quienes el cumplimiento del Servicio Militar ocasione un grave deterioro en la economía del grupo familiar, por ser la principal fuente de ingreso. Esta situación deberá ser acreditada por los interesados, mediante un informe extendido por una asistente social.

4- Personas que hubieren contraído matrimonio, que estén en vías de ser padres o lo sean con anterioridad al primer sorteo de selección del contingente, hecho que debe ser acreditado mediante el certificado extendido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Quienes certifiquen encontrarse en vías de ser padres, deberán presentar su propia declaración jurada ante notario y la de la madre del hijo que está por nacer, o de los padres o representantes de ésta si fuese menor de edad, adjuntando el correspondiente certificado médico de embarazo.

5- Haber sido condenado a pena aflictiva, salvo que la Dirección General considere que dichas personas, se encuentran moralmente aptas. No obstante, la amnistía extingue la causal de exclusión señalada.

6- Descendencia por consanguinidad hasta segundo grado en línea recta y hasta cuarto grado en línea colateral inclusive, de las personas que figuren en los informes Rettig y Valech (Leyes Nº 19.123 y Nº 19.992), que beneficia a familiares víctimas de violaciones de los derechos humanos o de violencia política, lo que deberá ser acreditado mediante un certificado extendido por la autoridad reglamentaria.

COMPARTIR NOTA