Comenzó a regir ley que prohíbe a locales de comida entregar utensilios de plástico o plumavit

Vasos y bombillas plásticas.

La normativa implicará altas multas para los recintos que la incumplan, siendo estas aún más mayores para los supermercados. Año a año, esta legislación se volverá más estricta.

El domingo empezó a regir la primera etapa de la Ley 21.368, que prohibirá a locales de comida y restoranes entregar plásticos de un solo uso, como cubiertos, bombillas, palillos y revolvedores; además de artículos de plumavit. La normativa también incluye a los delivery.

Junto con ello, los supermercados estarán obligados a tener stock de botellas retornables, por lo también deberán recibir los envases ya sean de vidrio o plástico, según consignó El Mercurio.

En caso de que algún recinto non cumpla con la normativa, los usuarios hacen la denuncia, sea en la municipalidad o juzga de policía local.

Los locales pagarán multas de entre 1 y 5 UTM (entre $55mil y 275 mil) por cada producto que entreguen y que incumpla con la norma. Para los supermercados, el castigo será mayor, de hasta 20 UTM (más de un millón de pesos).

En tanto, en agosto del 2023, la obligación de entregar botellas retornables se extenderá a los almacenes y locales de barrio.

Luego, el mismo mes del 2024, ningún lugar que expenda alimentes podrá utilizar productos no-reutilizables. Es decir, no solo estarán prohibidos los productos plásticos, sino cualquier material que no se pueda usar nuevamente.

Se proyecta que, para esa fecha, la cantidad de plástico de un uso que se dejará de entregar a los clientes será de unas 23 mil toneladas anuales.

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