El joven falleció durante un siniestro que ocurrió en la comuna de Carahue, en el año 2019.
El Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó a Conaf y a Bomberos a pagar $120 millones a la familia de un joven voluntario que falleció durante los incendios forestales en la región de La Araucanía en el año 2019.
El hombre llamado Nicolás Francisco Soto Estroz tenía 20 años cuando murió al ser golpeado por el canastillo de uno de los helícopteros que estaban tratando de apagar un siniestro en el sector de Pañío, en la comuna de Carahue.
El hecho ocurrió 3 de febrero del 2019, cuando Soto y sus compañeros intentaban apagar el fuego que se acercaba a la sede vecinal, sin embargo tuvieron problemas de agua.
El testigo del hecho, Sebastián Curivil contó que vio el barril de la aeronave se dirigía directamente hacia él, sin embargo Nicolás Soto lo apartó y recibió el impacto.
La familia realizó una demanda donde indicaron que “el helicóptero desarrollaba irresponsablemente, sin coordinación adecuada, sus taereas a baja altura”.
El abogado de la familia, Francisco Javier Hurtado indicó que “quedó acreditado en la primera etapa de la prueba de testigos (...) que Conaf no tenía protocolos de trabajo, de seguridad y de coordinación con Bomberos”, manifestó 24 Horas.
El fallo de la jueza
Desde la Conaf emitieron un informe tras la muerte de Francisco Javier señalando que “no existe una planificación adecuada entre los organismos participantes de un incendio de magnitud, externos a Conaf”, no existiendo una comunicación entre bomberos y el “encargado del incendio forestal”.
Ante todos los antecedentes expuestos, la jueza titular del Tercer Juzgado Civil de Santiago, Soledad Araneda, determinó condenar a Conaf y Bomberos a pagar una indemnización de $120 millones a la familia del joven fallecido.
“Nicolás sí adoptó todas las medidas al momento de concurrir al combate del incendio, portando su uniforme y equipo, e incluso reaccionando para evitar que otro bombero fuera golpeado por el helibalde, lo que no puede considerarse en caso alguno una exposición impruednte al daño, sino una acción loable y desinteresada que reafirma su vocación de servicio”, dice el fallo.
Tras la decisión de la jueza Bomberos y Conaf, decidieron recurrir a la Corte de Apelaciones para revertir el fallo.