Agresora cometió el delito de forma reiterada con el pequeño primo de su esposo.
El Tribunal Oral Penal de Calama condenó a Andrea Lysbeth Salinas Salinas (31) a tres años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, por el delito consumado de abuso sexual en contra de un menor de 12 años.
En el juicio, el fiscal Sobarzo detalló que en agosto del 2014 la víctima se encontraba en el domicilio de la imputada en la ciudad de Calama, a quien conocía por ser la pareja de un primo. En dichas circunstancias, mientras veían televisión, la imputada comenzó a hablarle a la víctima sobre temas de índole sexual para luego llevar al menor a una pieza del inmueble, darle besos en la boca y cuello, bajarle los pantalones no obstante los forcejeos de la víctima para impedirlo, subiéndose sobre él y haciendo que éste la penetrara.
Posteriormente, en el mes de septiembre del mismo año, este hecho se volvió a repetir en el mismo lugar y circunstancias.
Después de realizados estos hechos, la imputada le dio al menor dinero en efectivo y cuando éste le dijo que contaría a su madre lo sucedido, Salinas le ofreció comprarle cosas para que no contara nada.
Durante el juicio, la acusada renunció a su derecho a guardar silencio y rechazó la imputación, declarando que el joven, al que ella había tomado mucho cariño por ser primo de su esposo, estaba actuando así por venganza, ya que se molestó porque en un momento dado le pidió dinero y ella no se lo dio.
Por su parte, el afectado confirmó los hechos contenidos en la acusación y dijo que los abusos comenzaron cuando el tenía 12 años, calificando la experiencia como traumática, ya que le significó una persistente crisis de pánico y que incluso intentó suicidarse. Además, aseguró que las crisis de pánico, le impedían llevar una vida normal. Ya que no podía asistir normalmente a clases y recién ahora a los 16 años ha podido retomar sus estudios.
En el juicio también declaró la psiquiatra que atendió al joven, diciendo que éste venía con diagnóstico de depresión, pero que luego de atenderlo su diagnóstico fue de un transtorno de pánico con síntomas depresivos. Por su parte, la familia del joven le relataron a la doctora que el menor había tenido episodios de autoagresión.
También declaró el perito psicólogo que hizo la pericia sobre la credibilidad del relato del menor, quién concluye que luego de evaluar al afectado se estableció que su relato contiene los elementos de verosimilitud que se exige en estos casos.
El Tribunal, luego de valorar la prueba aportada por el fiscal Sobarzo, consistente en testimonial, pericial documental y de audio, dio por acreditado tanto el hecho como la participación que en el mismo correspondió a la acusada.
Asimismo, atendido que la condenada reúne los requisitos que determina la Ley se le sustituyó la pena privativa de libertad, por la de tres años y un día de libertad vigilada intensiva.