Los miembros del GAP fueron detenidos el 11 de septiembre en La Moneda y, tras ser derivados a cuarteles policiales, fueron ejecutados.
La Corte Suprema dictó la sentencia definitiva por los secuestros y homicidios de los miembros del Grupo de Amigos Personales (GAP), quienes eran la escolta del expresidente Salvador Allende.
Los miembros del GAP fueron detenidos el 11 de septiembre de 1973 en las inmediaciones del Palacio de La Moneda, tras el Golpe de Estado que derrocó el gobierno de Allende.
Según consignó Radio Biobío, se trata de los secuestros calificados de Domingo Bartolomé Blanco Tarrés y José Belisario Carreño Calderón y los homicidios calificados de Gonzalo Mario Jorquera Leyton, Carlos Alfonso Cruz Zavala, Luis Alfredo Gamboa Pizarro, Pedro Juan Garcés Portiagliati, Óscar Osvaldo Marambio Araya, Edmundo Enrique Montero Salazar, Jorge Osvaldo Orrego González, William Osvaldo Ramírez Barría y Enrique Andrés María Ropert Contreras.
Luego de ser detenidos y trasladados hasta la Intendencia de Santiago, fueron derivados a distintos cuarteles policiales, donde los ejecutaron.
Suprema dictó sentencia definitiva
El fallo en primera instancia -en 2018- absolvió a Patricio de la Fuente Ibar, general en retiro de Carabineros, por falta de participación. Sin embargo, condenó a Vicente Armando Rodríguez Busto, general en retiro de la FACh, a diez años y un día de presidio como autor del delito de secuestro calificado y homicidio calificado.
La Corte de Apelación de Santiago rechazó en 2021 los recursos que se presentaron al respecto.
No obstante, Rodríguez Bustos falleció en 2020, un año antes de dictarse el fallo de segunda instancia. Por esto, se decretó la absolución con respecto a dichos cargo, debido a que se extinguió su responsabilidad penal, según indicó el medio citado.
Tras esto, la Corte Suprema dispuso decretar el sobreseimiento de Rodríguez y confirmó la absolución del general De la Fuente Ibar.
De igual manera, el máximo tribunal dictó que el fisco deberá pagar una suma total de $1.225.000.000 en indemnizaciones por el concepto de daño moral a los familiares de las víctimas.
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