DERECHOS DE LA TRABAJADORA DE CASA PARTICULAR PUERTAS AFUERA

La trabajadora de casa particular, popularmente conocida como "nana puertas afuera", es titular de una serie de derechos que se suelen desconocer, por creer que son simples prestadoras de servicios ocasionales. El Código del Trabajo regula con precisión sus derechos, entre los cuales se encuentran:
- Obligación de escriturar el contrato de trabajo.
- Una jornada de trabajo máxima que no puede sobrepasar las 12 horas diarias.
- Derecho a un descanso dentro de la jornada mínima de una hora dentro de la misma.
- Derecho a una remuneración mínima proporcional a la jornada de trabajo, cuya base de calculo es equivalente al 75% del sueldo mínimo, esto es $119.250 desde el 1 de julio.
- Cotizaciones previsionales mensuales.
- Derecho a fuero maternal.
- Indemnización por despido a todo evento equivalente al 4.11% de la remuneración mensual imponible por cada mes trabajado, sin perjuicio de la causal de despido invocada por el empleador. Para ello dede abrir una libreta especial en su AFP.
Que quede claro, entonces, que una trabajadora de casa particular que trabaje algunas horas o días a la semana goza de los derechos antes señalados y, en cuanto tal, su relación laboral es formal y todo empleador debe colocar especial atención en la forma de cumplir sus obligaciones.
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