Dirección del Trabajo: empleador no está obligado al pago de remuneraciones en cuarentena

22.02.19 FOTOS A OBRA EN CONSTRUCCION, CONSTRUCTORA GAICO, IMAGENES REALIZADAS PARA SUPLEMENTO EL CONSTRUCTOR FOTO: JAVIER NAVARRO M.

El polémico dictamen ha repercutido en el mundo político y sindical,

Polémica ha causado el dictamen de la Dirección del Trabajo. El documento con fecha de hoy declara que los empleadores no están obligados a pagar el sueldo en medio de la cuarentena.

"Respecto  de los trabajadores que, con ocasión de dicha orden, de autoridad o toque de queda, no ingresaron a prestar servicios, corresponde concluir que no habiendo estado a disposición del empleador, éste no se encuentra obligado al pago de las respectivas remuneraciones, por cuanto la circunstancia de la fuerza mayor ha impedido los efectos normales del contrato de trabajo según lo expresado precedentemente, lo que no obsta a que las partes pacten, de común acuerdo, la recuperación del turno a tiempo no laborado", es parte de lo que dice el dictamen.

Luego de que se comenzara a viralizar este documento, ha comenzado la discusión en redes sociales, donde muchos fundamentan la medida pensando en que las pymes no tienen la opción de poder pagar sueldos sin producir, mientras que otros apuntan a la labor del gobierno como intermediario.

Las reacciones al dictamen de la Dirección del Trabajo

https://twitter.com/Cutchile/status/1243235677568933889?s=19

https://twitter.com/guillier/status/1243291452131729408?s=19

https://twitter.com/gabrielboric/status/1243266048041852929?s=19

https://twitter.com/marcelodiazd/status/1243277000564969475?s=19

https://twitter.com/PCdeChile/status/1243286605621796865?s=19

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