El fallido intento de Penta para que se sancione a jueza por posteo de Facebook: citaron caso de Pradenas

Penta citó el caso de Martín Pradenas para sancionar a jueza.

Abogado de empresas Penta S.A. e Inversiones Penta III Ltda apuntó a una supuesta parcialidad de la magistrada.

En la antesala del juicio oral —por la arista relacionada a la responsabilidad penal por el delito de soborno de Empresas Penta S.A. e Inversiones Penta III Ltda— el denominado Caso Penta vuelve a dar que hablar.

Según detalló La Tercera PM, el abogado que representa a ambas firmas, el penalista Julián López, intentó sin éxito que se sancione a la jueza del 8° Juzgado de Garantía de Santiago, Estefanía Alejandra Asenjo Arellano.

De acuerdo al profesional, la aludida magistrada habría emitido comentarios en redes sociales que ponen en duda su “imparcialidad”. De hecho, en medio de un incidente de recusación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, expuso la siguiente publicación de Asenjo Arellano en Facebook.

“Si nada cambia, si todo sigue igual y seguimos siendo abusados por este sistema de mierda será gracias a todos quienes han avalado al poderoso. Gracias a que no fueron capaces de alzar su voz y fueron tan buenos hijos de la dictadura y de nuestra falsa institucionalidad y democracia, que compraron el cuento que para salir adelante hay que ‘trabajar en vez de andar perdiendo el tiempo manifestándose’. Lo más triste de todo es que, si nada cambia, nuestros pobres seguirán pisoteados, muriendo en hospitales de mierda, con una educación de mierda y con exigencias sobre humanas porque si usted trabaja todo el día para recibir 300 lucas, no ve a sus hijos, demora dos horas en llegar a su casa, lo mínimo es que críe hijos educados, trabajadores, que no se metan en drogas ni en delincuencia, ya que si lo hacen, el rigor de la ley caerá sobre ellos y estarán donde deben estar, en la cárcel, presos, por sólo echar a perder esta sociedad tan perfecta que muchos no ven más que desde sus sofás en el barrio Alto, hablando con tanta propiedad de lo que el pueblo necesita. Me duele mucho la ceguera y la indolencia de mis compatriotas”.

Se trata de un texto que se remonta a octubre de 2019 (en el marco del estallido social).

En base este descargo, la defensa del Caso Penta reprocha “que una persona que tenga esta opinión y la profese públicamente con tanta intensidad esté legalmente habilitada para desempeñarse como jueza imparcial en el Caso Penta”.

De acuerdo al abogado, la postura de la jueza denotan la “predisposición negativa” que podría tener a la hora de pronunciarse y, por lo mismo, citan el análisis que realizó la Corte Suprema a la hora de resolver sobre el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Martín Pradenas. En ese caso, el máximo tribunal acogió lo expuesto por los abogados dado que unos de los jueces del tribunal tenía comentarios en sus redes en contra del imputado.

De acuerdo a López, la falta de “imparcialidad subjetiva se manifiesta en este caso porque, en la medida que la publicación de la magistrada Asenjo critica la indolencia de sus compatriotas que no actúan frente ‘al poderoso’, de ella puede inferirse que, puesta en situación de juzgar a personas a quienes se les atribuye ese carácter, la jueza no estaría dispuesta a proceder con la misma indolencia, sino a actuar de manera decidida contra ellos”.

“Es difícil asumir que, en tales circunstancias, la magistrada Asenjo aceptaría que los poderosos resultaran favorecidos por la institucionalidad de la que el Poder Judicial forma parte, en la medida en que se califica a dicha institucionalidad como ‘falsa’”, recalcó.

Pese a sus argumentos, el tribunal de alzada desechó el incidente y estimó que la publicación en cuestión “es a todas luces insuficiente para configurar la inhabilidad alegada, toda vez que, ésta sólo dice relación con una opinión vertida en una red social de la que no se puede desprender ningún elemento que permita vincularla con el caso en comento o con la situación en particular de la defensa del incidentista, ni menos con una animadversión en su contra, máxime si la misma fue hecha con antelación al inicio de la preparación del juicio oral que incide en el presente arbitrio”.

A la Corte Suprema

Sin embargo, la defensa de Penta recurrió de queja ante la Corte Suprema “por las graves faltas y abusos cometidas (por los ministros del tribunal de alzada) en el pronunciamiento de la sentencia”.

A juicio del penalista, se infringió “la tramitación legal de la solicitud al omitir la declaración de admisibilidad y pronunciándose derechamente sobre el fondo, declarando, contra el mérito de los antecedentes, que la solicitud era extemporánea e insuficiente para dar por establecida la causal de recusación invocada, privando con ello a mis representadas de su derecho a un juez imparcial”.

Lejos de lo esperado, la defensa sufrió un segundo revés: el máximo tribunal desechó todo lo expuesto y declaró inadmisible el recurso.

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