Habla el juez que apagó los celulares en liceo de Calama

Juez Jorge Saavedra determinó que los apoderados de los alumnos porfiados serán citados al tribunal. Si no aprenden, se les aplicará multas de entre 1 y 5 UTM.

"¡Ya está bueno! Los estudiantes, los apoderados y todos los integrantes de una comunidad escolar deben respetar sus normas", señaló a La Cuarta el juez del Tribunal de Familia de Calama, Jorge Saavedra Bentjerodt.

El magistrado saltó del anonimato al estrellato en un abrir y cerrar de ojos, después que dictaminó que los estudiantes del liceo Jorge Alessandri de Calama están obligados a respetar  "lo dispuesto en el manual de convivencia, en su parte referida a la prohibición de usar teléfonos celulares en horario de clases".

¿Por qué la inédita resolución? El origen de este cuento se remonta a abril de este año cuando en un recreo dos alumnas se agarraron a golpes. "Los compañeros grabaron el lamentable hecho y lo subieron a redes sociales", contó a La Cuarta el director del liceo, Juan Barraza.

Agregó que citaron a los padres de las protagonistas de la riña e informaron al tribunal de lo sucedido. "Mire, no queremos dejar pasar episodios de bullying o ciberacoso y por eso recurrimos a la justicia", aclaró el profe.

El director reveló que tras la resolución del magistrado, que tiene claro es ejemplificadora,  enviaron un instructivo a los apoderados donde se especifica que a partir de este viernes los alumnos deben entregar sus celulares al inspector del curso apenas ingresen al establecimiento y lo pueden recuperar al retirarse a sus casas.  "Si alguien lo necesita para algo urgente lo puede solicitar, hacer el llamado y luego devolverlo".

Finalmente, señaló que "en el pasado había clases en que se usaban los celulares con fines didácticos, pero después del episodio de abril simplemente ya no se puede."

Las sanciones

Si un alumno se niega a entregar su equipo o cualquier otro aparato tecnológico, el liceo informará de inmediato al tribunal. Acá reaparece el Juez Jorge Saavedra...

-Oiga, ¿hay alguna ley ampara esta resolución?

Por supuesto, la ley 19.968, artículo 77 me faculta para hacer respetar las normativas internas de convivencia escolar.

- ¿Qué pasa con los porfiados?

Simplemente se cita al apoderado al tribunal y se les insta a respetar la prohibición  establecida en el Manual de Convivencia Escolar, punto 1.17.

- ¿Y si no aprenden?

Bueno, en principio esta resolución no busca ser castigadora, quiere ser un apoyo para el colegio,  mejorar la convivencia escolar teniendo siempre en consideración el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

- Perdón lo majadera, pero si aún así no cumplen los chiquillos.

La cosa crece. Primero se aplicarán las sanciones del manual de convivencia y si pese a múltiples advertencias los alumnos persisten en la conducta todavía puedo aplicar, como última, última medida una multa.

- ¿De cuánto estaríamos hablando?

La ley me permite aplicar una multa de entre 1 y 5 U.T.M.  ($48.595 a $242.975), pero no es la idea.

¡Ah! Los apoderados no corren riesgo de cárcel como dice el rumor que recorre las calles de Calama por estos días.

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