Desde el Ministerio Público argumentaron que “hubo abordajes de niños en dos oportunidad distintas, probando lo que ya tenían planeado”.
El Tribunal de Linares declaró culpable del delito de violación y homicidio a la pareja imputada por el crimen de Emilio, niño de 12 años que fue asesinado en la comuna Longaví, en la Región del Maule.
De acuerdo a los antecedentes, el menor desapareció el 29 de abril de 2021, alertando a toda la comunidad que, de inmediato, inició la búsqueda. Al día siguiente, el cuerpo del pequeño fue hallado sumergido al interior de un pozón del Río Liguay.
Con el correr de las horas, dos hombres -de 27 y 18 años, respectivamente- fueron detenidos por su presunta participación en el ilícito.
Días más tarde, la Fiscalía acusó a los sospechosos por los delitos antes descrito, quedando ambos en prisión preventiva.
Por su parte, la madre del pequeño reveló un extraño comportamiento de los sujetos, quienes habrían estado observando desde hace varios vías el sector.
Culpables
Este jueves, se acogió la solicitud de la fiscal Gloria Camaño, quien pidió cadena perpetua calificada para Rubén Soto y Gerald Repeto.
A juicio de la persecutora, los sujetos actuaron con una “clara intención de aumentar el dolor. Además, no es solo una herida cortopunzante, son múltiples. Claramente estima la Fiscalía que hay ensañamiento. En relación a la premeditación no se queda en las ideas, no se queda en una planeación, hay elementos y actos concretos, hay abordajes de niños en dos oportunidad distintas, probando lo que ya tenían planeado. Viendo la forma de asegurarse para, en definitiva, concretar todo lo que concretaron con Emilio”.
Las sentencias se darán a conocer el próximo 2 de mayo.
Veredicto
El encargado de dar a conocer el veredicto fue el magistrado Mauricio Leyton. “Procedemos a condenar a ambos acusados como co-autores del artículo 15,º número 1 del Código Penal, del delito consumado de violación con homicidio en perjuicio de un niño menor de 14 años”, detalló.
“Agregando para efectos penológicos a tener en consideración para las etapas posteriores del enjuiciamiento, que ellos se edifica con la concurrencia de los agravantes y ningún atenuante inherente al hecho. La sentencia será redactada por este magistrado y se comunicará a los intervinientes el próximo 2 de mayo a las 15:30 horas”, añadió el magistrado, según consignó ADN.