Las isapres ya no podrán subir los planes de la barra al tuntún

¡Histórico! La Corte Suprema determinó que las isapres no podrán subir unilateralmente el precio de sus planes en forma anual y sin justificación, pues esto vulnera las garantías constitucionales.

Los ministros de la Tercera Sala Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, tomaron esta postura en forma unánime en 30 fallos.

Una de estas sentencias señala: "La facultad revisora de la Isapre debe entenderse condicionada en su esencia a un cambio efectivo y plenamente comprobable del valor económico de las prestaciones médicas, en razón de una alteración sustancial de sus costos y no por un simple aumento debido a fenómenos inflacionarios o a la injustificable posición de que la variación pueda estar condicionada por la frecuencia en el uso del sistema".

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