Nueva Ley hará justicia con las chiquillas asesoras de hogar

Las trabajadoras de casa particular recibieron una pulenta noticia, ya que ayer se dio a conocer la nueva ley que mejora sus condiciones laborales con un nuevo contrato electrónico que no da pie para los abusetes. 

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Javiera Blanco, aclaró que la nueva normativa implica que deben ser registrados electrónicamente los contratos de las nanitas desde el 1 de enero de 2015, movida que contará con una segunda fase a contar del 21 de noviembre del mismo año.

Exigencia legal impuesta por la nueva ley que rige al sector y que mejora las condiciones laborales en este ámbito de las más de 300 mil chiquillas que laburan en el país.

"Es un gran avance en los derechos de estas trabajadoras, que durante décadas fueron condenadas a jornadas laborales extenuantes, así como desterrar odiosas segmentaciones entre trabajadores de primera y segunda categoría", largó la ministra del Trabajo y Previsión Social Javiera Blanco.

Características

Las asesoras de hogar, tendrán que ponerle ojo desde el 1 de enero, al contrato de trabajo, el que deberá ser escriturado, y con la mosca de ambas partes, quedándose cada una con una copia, y registrado ante una inspección o en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl dentro de los 15 días siguientes al comienzo de las labores.

El contrato debe tener clarito el tipo de labor a realizar, el domicilio donde se realizará la pega, y si la trabajadora deberá o no cuidar personas que requieran atención especial, como tatitas o cabros chicos.

Descansos

Por su litro, las normas que regirán a partir del 21 de octubre de 2015, tienen que ver con la jornada laboral y el descanso semanal que tanto las nanitas puertas adentro como puertas afuera tendrán.

Sobre lo primero, la jornada de las trabajadoras puertas afuera será de 45 horitas semanales, repartidas hasta en 6 días. Por su litro, las partes voluntariamente podrán acordar hasta 15 horas semanales, que deberán ser remuneradas con un recargo del 50%.

Mientras tanto las que hagan la pega puertas adentro no están sujetas a horario, pero deberán tener un descanso de 12 horas diarias, con un mínimo de 9 ininterrumpidas.

¡Ponga Ojo!

1.- ¿Quiénes deben registrar el contratox?x Los empleadores que celebren un contrato de trabajo con una trabajadora de casa particular a partir del 1 de enero de 2015 deben registrar las estipulaciones pactadas en la Dirección del Trabajo, así como los que actualicen sus contratos.

2.- ¿dónde registrarlox?x El registro del contrato de trabajo lo puede realizar en línea acá: http://tramites.dirtrab.cl/registroempresa/ o personalmente en la oficina de la Inspección del Trabajo.

3.- Requisitos para la web Para realizar el registro de trabajo  debe estar inscrito y tener clave de acceso a la página web. Si no lo está, puede hacerlo en: http://tramites.dirtrab.cl/registroempresa/.

Manual para entender la nueva ley que regiría a las asesoras del hogar | La Cuarta

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