La Corte de Apelaciones de Rancagua señaló que el proceder de Carabineros y el Juzgado fue "una forma de violencia innecesaria".
Durante la madrugada del 5 de julio, en Pichilemu, una mujer fue detenida por Carabineros por infringir el artículo 318 del Código Penal por transitar en horario de toque de queda.
Según los antecedentes, la mujer se había despertado a las 4 am con signos de haber sido ultrajada sexualmente, por lo que salió a denunciar el hecho.
Al ser detenida, la mujer relató lo que le había ocurrido y Carabineros abrió una causa por violación, pero de igual manera la pasó a control de detención por no respetar la norma sanitaria.
Según la versión policial, la mujer no habría dicho nada de violación en ese momento y solo habría hablado en un recinto asistencial, en compañía de los uniformados, quien al saber de la situación, dieron aviso a la Fiscalía.
Una vez que la Fiscalía recibió los antecedentes de la violación ya confirmada, la mujer igual debió enfrentar la audiencia de control de detención. Finalmente, el magistrado dejó en libertad a la joven y declaró ilegal el arresto.
Corte de Apelaciones
Este jueves, la Corte de Apelaciones de Rancagua se refirió a este hecho y finalmente dictó el sobreseimiento de la mujer en esta causa, quien fue detenida por transitar en toque de queda cuando acudía a denunciar un caso de violación.
En el fallo, la Primera Sala del Tribunal señala que la mujer no advierte ninguna intención de infringir la norma sanitaria y que solo había intentado "solicitar auxilio ante el ataque".
Por su parte, la Corte reprendió el actuar de Carabineros y del Juzgado de Garantía de Pichilemu, ya que refleja "una forma de violencia innecesaria en contra de ella".
"Constituye una limitación al acceso a la protección de la ley", cerraron.
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