"Es un apoyo a la maternidad": Piñera promulga ley que extiende el postnatal de emergencia

"Esta ley compatibiliza mejor el mundo del trabajo con la familia", destacó el Presidente.

El Presidente de la República, Sebastián Piñera promulgó la ley de extensión del Postnatal de Emergencia.

"Este proyecto contó con un amplio y sólido apoyo y acuerdo de los parlamentarios, cosa que sin duda agradecemos y agradecen las madres que se van a ver beneficiadas con esta iniciativa", destacó el mandatario desde La Moneda.

Además, dijo que "hoy tenemos la oportunidad de promulgar una ley que mejora y extiende los beneficios de la Ley de Crianza Protegida, por tres meses adicionales, si se piden dentro del período de emergencia".

"Esta ley también contó con un sólido y amplio apoyo de los parlamentarios, parlamentarias y especialmente algunas que están aquí presentes que han hecho de esto una causa de ayuda que yo estimo que es noble y necesaria", añadió.

Finalmente, el Presidente dijo estar "convencido que esta ley que estamos promulgando hoy es sin duda un apoyo y una ayuda a la maternidad, porque ayuda a cuidar a los hijos y también un apoyo y una ayuda a las familias, porque compatibiliza mejor el mundo del trabajo con la familia".

Ley

Respecto al detalle de la ley, esta indica que durante la vigencia del Estado de Excepción constitucional, los trabajadores que hayan hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales podrán suspender los efectos de sus contratos de trabajo, en cuyo caso, excepcionalmente, tendrán derecho a percibir, hasta por los tres primeros meses de vigencia de dicha suspensión, una prestación mensual equivalente al 100% del subsidio por incapacidad laboral.

Esto, respecto a los trabajadores hubieran percibido por concepto de dicha licencia mensual una suma líquida mensual igual o inferior a un millón de pesos, y de un 70% o un millón de pesos, cualquiera que resulte mayor, en aquellos casos en que los trabajadores hubieran percibido por concepto de dicha licencia mensual una suma líquida mensual superior a un millón de pesos.

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