Hace pocos días, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), ex Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), sancionó a Zurich Santander Seguros de Vida con una multa a beneficio fiscal de UF 1.500, unos $40,6 millones.
¿El motivo? Una campaña publicitaria confusa e inductiva a error, la cual prometía cobertura en el seguro de salud hasta los 99 años y por, además, cancelar los contratos de seguros de salud de un sopetón y sin previo aviso.
Con esto, se vieron afectadas 18.837 pólizas y 37.453 asegurados vigentes, entre titulares y adicionales.
Tras los reclamos de los afectados, "la CMF pudo constatar que, producto de una publicidad engañosa, un grupo de personas tomó un seguro con Zurich Santander, confiados en la extensión de la cobertura hasta los 99 años, como figuraba en diversa folletería", informó en un comunicado el organismo regulador.
"Sin embargo, la compañía puso término a la totalidad de los seguros comprendidos en esa cartera", agrega el oficio que ya está oleado y sacramentado.
Información clara
Si bien la publicidad es una herramienta importantísima para llamar la atención de los consumidores y que las empresas vendan sus productos y servicios, a veces, el mensaje no se entrega de manera clara, generando confusión y malos ratos para todos.
Es por eso que ante la contratación de un seguro de salud que cubra el reembolso de gastos médicos, sea de tipo complementario o catastrófico, Daniel García, Intendente de Seguros de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), aconseja estar atento a lo siguiente.
Datos para que no lo pillen volando bajo
- Informarse y leer bien: Antes de contratar un seguro, lea bien los documentos, para comprender el contenido y características de lo ofrecido. En caso de dudas, requiera su aclaración. Ponga ojo a: plazo de vigencia, si es o no renovable y condiciones para ello, cambios en el precio del seguro en caso de renovación, en qué casos no se pagará y requisitos para cobrarlo.
- ¿Qué hacer y dónde reclamar?: En caso de presentar alguna queja o un reclamo sobre la actuación de una compañía, se puede formular una presentación por escrito dirigida a la oficina de esta, quienes están obligados a tramitar y contestar por escrito en un plazo que no puede exceder de 20 días hábiles, contados desde su recepción.
- Es común que la compañía de seguros requiera una declaración de salud. Frente a ello, debe declarar todas las circunstancias que solicite el asegurador, de manera que este identifique el objeto asegurado y la extensión de los riesgos que asumirá.
- Presentar un escrito a la Comisión para el Mercado Financiero utilizando el Formulario de Consulta o Reclamo, o carta dirigida a esta Comisión. Esta carta también puede ser remitida por las oficinas comunales y regionales del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) a esta Comisión.
- El seguro de salud no sustituye la cobertura que otorga la Isapre o Fonasa, y no necesariamente cubre las mismas prestaciones.
- Las presentaciones deberán estar firmadas por el interesado, acompañando los antecedentes que sustenten su presentación, e idealmente la respuesta de la compañía de seguros, del corredor de seguros o del liquidador de siniestro, en su caso. El horario de atención de la CMF, es de lunes a viernes, entre las 9 y las 13.30 horas, en Alameda 1449, piso 1.
- Las promociones u ofertas publicitarias que efectúen las aseguradoras se consideran incorporadas en el contrato firmado. En caso de contradicción o conflicto entre los términos y condiciones, primarán aquellas más beneficiosas para el asegurado.