Servicio Militar: se extiende plazo para presentar excusas hasta diciembre de 2019

20 de Octubre de 2019/SANTIAGO
Militares resguardan un supermercado Lider ubicado en Alameda con Matucana que fue saqueado durante la noche tras el toque de queda decretado por la autoridad 
FOTO:MARIO DAVILA/AGENCIAUNO
20 de Octubre de 2019/SANTIAGO Militares resguardan un supermercado Lider ubicado en Alameda con Matucana que fue saqueado durante la noche tras el toque de queda decretado por la autoridad FOTO:MARIO DAVILA/AGENCIAUNO

La Dirección General de Movilización Nacional confirmó que se extenderá el proceso con horario de oficina.

Una compleja situación se ha vivido en los Cantones de Reclutamiento. Esto, debido a que cientos de jóvenes se han aglomerado para sacarse el servicio militar.

Por lo mismo, la Dirección General de Movilización Nacional informó que debido a la gran afluencia de público, se extenderá el plazo hasta el 30 de diciembre de 2019.

En el comunicado entregado por la DGMN, se detalla que también podrán presentar la documentación en el proceso de selección de Fuerzas Armadas en marzo de 2020.

Polémica con servicio militar

Tras el estallido social, miles de jóvenes han decidido evitar el servicio militar, lo que ha llevado a escenas de caos en ciertos cantones a lo largo del país. Cabe consignar que hay varios motivos para evitar este proceso como detalla el sitio oficial del gobierno:

  • Los declarados no aptos por imposibilidad física o psíquica, según lo disponga el reglamento.
  • Los miembros de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y el personal de Gendarmería de Chile.
  • A quienes el cumplimiento del servicio militar ocasione un grave deterioro en la situación socioeconómica de su grupo familiar, ya que son su principal fuente de ingreso.
  • Quienes contrajeron matrimonio, que estén en vías de ser padres o lo sean con anterioridad al primer sorteo de selección del contingente.
  • Quienes han sido condenados a pena aflictiva, salvo que la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) los considere moralmente aptos. En todo caso, la amnistía extingue la causal de exclusión señalada en este numeral.
  • Los descendientes por consanguinidad en línea recta y en línea colateral, ambos hasta el cuarto grado inclusive, de víctimas de violaciones de los derechos humanos o de violencia política (Ley Nº 19.123 y Ley N° 19.992).

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