¡Paafff! La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la cadena de supermercados Tottus a pagar una multa de 50 unidades tributarias mensuales (cerca de $2.300.000) y una indemnización de $4.110.000 por el robo de vehículo desde los estacionamientos de su local en Conchalí.
En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada ratificó que la empresa debe indemnizar por "daño emergente" al demandante: Sergio Espinoza Carrasco.
La historia
Corría agosto de 2012 cuando a bordo de su Nissan V-16, Espinoza llegó hasta la sucursal de Pedro Fontova para comprar un par de cositas. Ahí, como cualquier persona, el chofer estacionó su bólido y se bajó con la lista en la mano.
Al volver, el hombre quedó con tremendo tiritón de pera cuando cachó que su regalón no estaba donde lo había dejado.
Tras 4 años de reclamos y angustia, a Espinoza le comunicaron: "Habiéndose determinado la responsabilidad del demandado por su deber de custodia del vehículo del demandante, en la condición en que se produjo su sustracción, corresponde a ese tener que responder por el perjuicio que dicha pérdida le produjo al actor", según el fallo del tribunal de alzada.
La resolución agrega que "en la apreciación de la prueba conforme con la sana crítica, para la determinación de los perjuicios ocasionados ante la pérdida del vehículo desde los estacionamientos de la demandada, se atiende a la prueba rendida en la instancia y en este concepto, la documentación acompañada sólo permite acreditar el daño emergente correspondiente al valor del bien sustraído, según el valor de su tasación oficial $4.110.000, que se concederá".
Ya saben, no anden haciéndole caso a carteles mulas que algunas empresan ponen para no hacerse cargo de una de sus funciones: cuidarles el toco estacionado dentro de la propiedad del local mientras ustedes compran.