Cifra sin precedentes: TDLC condena a CDF con millonaria multa por monopolio en transmisiones del fútbol chileno

Según consigna La Tercera, el caso data del año 2022, cuando la Fiscalía Nacional Económica (FNE), acusó a la mencionada estación. Foto: Photosport
Según consigna La Tercera, el caso data del año 2022, cuando la Fiscalía Nacional Económica (FNE), acusó a la mencionada estación. Foto: Photosport

Se trata de uno de los montos más altos aplicados a un agente económico en materia de libre competencia.

Un duro golpe fue el que recibió recientemente el Canal del Fútbol (CDF (hoy TNT Sports), quien fue condenado a pagar una millonaria cifra por abusar de su posición monopólica en el mercado de la transmisión de los partidos del fútbol chileno.

La multa, que irá a beneficio fiscal, asciende a los US$25 millones, uno de los montos más altos aplicados a un agente económico en materia de libre competencia.

Según consigna La Tercera, el caso data del año 2022, cuando la Fiscalía Nacional Económica (FNE), acusó a la mencionada estación.

Por lo mismo, la entidad solicitó mediante un requerimiento que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) se pronunciara ante este caso. Incluso, culpó a CDF de prácticas comerciales con las compañías de televisión por cable que resultaban dañinas para la competencia.

El detalle

Pero eso no es todo, pues también quedó al descubierto que en esas negociaciones el Canal del Fútbol le imponía límites y controles a las empresas de cable en cuanto a las promociones que podían ofrecer a los clientes.

Por ejemplo, se fijaba un precio mínimo de reventa de las señales CDF Premium y CDF HD, un número de abonados mínimos garantizados arbitrarios, y la exigencia a los cableoperadores de la adquisición y distribución de la señal CDF Básico a toda su base de clientes, como condición para poder acceder a las señales CDF Premium y/o CDF HD.

En tanto, el fallo del TDLC “impone a Canal del Fútbol SpA la obligación de modificar los contratos vigentes con los operadores de televisión de pago, en un plazo máximo de seis meses a contar de la fecha de notificación de esta sentido: CDF no podrá condicionar la venta de sus señales premium a la compra de su canal básico, ni obligar a incluir en los planes de televisión algunas de sus señales”.

Además, recalca que “CDF no podrá establecer mínimos garantizados discriminatorios, como los que aplicó”.

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