Al principio, un inspector municipal citó al artista por instalar un letrero aparentemente comercial sin permiso, pero se trataba de otra de sus polémicas obras de arte. Ahora, el conocido artista deberá pagar un parte por colgar la obra sobre un edificio, quedando expuesto frente a la calle.
El 19 de octubre del 2020, el artista chileno Francisco Papas Fritas se enfrentó a una citación hecha por un inspector de la Municipalidad de Santiago para ir al Juzgado de Policía Local. Se le exigía "el retiro inmediato de letrero de tipo sobre-techo" de una obra suya.
Se trataba de Indicaciones de Resistencia por la dignidad de la vida.
Solo dos días antes, el artista había instalado su obra artística en la azotea de un edificio ubicado en Almiranta Latorre 321, frente a la Plaza Manuel Rodríguez, comuna de Santiago.
Este consistía en un letrero de luces neón que mostraba una botella de espumante, la cual en vez de lanzar espuma, tenía el fuego propio de una "molotov". La imagen estaba acompañada de la palabra "Resistencia".
Según explicó Papas Fritas en la presentación de su obra, durante décadas este alcohol "ha sido el ideario de un festejo para ocasiones especiales y que hasta las familias más humildes se esmeran por comprar para vivenciar la farsa de la champaña, en un momento importante de sus vidas. Pero (...) son pocas las verdaderas victorias como para destapar los corchos de la abundancia".
La puesta artística referencia al histórico letrero de la marca Valdivieso, ubicado frente a Parque Bustamante, el cual mostraba una botella y dos copas de espumante, acompañadas de la frase: "¿Y hoy por qué no?".
En el letrero de Papas Fritas también se repetía dicha consigna.
En tanto, el edificio ubicado en Manuel Rodríguez, propiedad de GI Inmobiliaria S.A., también se encontraba ocupado por personas sin vivienda.
¿Cuál era la falta?
En la notificación recibida de parte de la Municipalidad de Santiago, se ordenaba a Papas Fritas "el retiro inmediato del letrero del sobretecho". Ello porque lo consideraron un aviso de tipo "publicitario", que se encontraba instalado sin "el permiso municipal correspondiente".
Según el documento, la infracción guardaba relación a la ordenanza n° 62, la cual regula la "realización de propaganda comercial que sea vista desde la vía pública".
"La institucionalidad no tiene buenos argumentos, solo postura política que responde a la lógica neoliberal, lo que se demuestra al tratar de pasar mi obra como publicidad. Mi obra crea subjetividad, no vende nada", dijo meses atrás el artista a Bío-Bío.cl.
Ese argumento sostenía la defensa, representada por el abogado Pablo Cuello, por lo tanto, la ordenanza n° 62 no correspondía al caso, según plantearon.
"Además, no existe ninguna ordenanza que regule la instalación de obras artísticas, porque son libres", plantea el abogado defensor a La Cuarta. "Si tuviera que pedir autorización a la municipalidad para mostrar una obra, no se mostraría ninguna".
No element of type reference found.
La disputa jurídica
Ante ello, el tribunal no consideró los reclamos de la defensa, la cual decía "que no hay ninguna norma infringida, por lo que no hay motivo para que haya una sanción".
La sentencia, dictada el 17 de marzo del 2021, la recibieron hace solo unos días.
En el tercer punto de dicho documento, "de alguna manera el tribunal reconoce que es una pieza de arte", dice Cuello. Por lo que no que no se requería de un permiso por publicidad en la vía pública.
Luego, en el cuarto punto de la sentencia, se lee que "este letrero luminoso se encuentra instalado en el techo del edificio, lo que (...) hace exigible las autorizaciones" frente al peligro de una posible caída.
"Pero la multa original no era por peligro de caída", advierte el abogado.
"Entonces el tribunal llega a la conclusión de manera arbitraria, mañosa, deliberada: 'ah, no esto no es publicidad, pero esto se puede caer". Entonces, como se puede caer, vamos con la multa igual", dice el abogado.
[caption id="attachment_634208" align="alignnone" width="642"]
La promoción de la obra del artista en 2020.[/caption]
Así, el resultado del 2° Juzgado de Policía Local de Santiago multó con 5 UTM (aproximadamente 260 mil pesos) la instalación de la obra Indicaciones para la resistencia, por —según se lee en la sentencia— la "infracción a los artículos de una ordenanza que regula la publicidad, no las obras de arte".
"El asunto es que el parte es por una publicidad, cuando es una obra de arte, por ende no encaja en la ordenanza", dice a la Cuarta Francisco Papas Fritas.
Lo que viene
El artista agrega que todavía tiene una instancia para apelar, a la cual recurrieron, aunque "por lo general rebajan la multa, pero no la quitan".
El abogado explica que, tras la decisión del tribunal, presentaron una reposición, autorizada por el proceso, para que se revoque el parte. Este proceso debiese durar entre dos y tres meses.
En caso de recibir una respuesta negativa, "presentamos una apelación subsidiaria. Entonces en ese caso el tribunal está obligado a enviarlo a la Corte de Apelaciones de Santiago, para que revise si esta sanción está ajustada a la ley".
El abogado también menciona que durante el proceso mostraron el contenido de la obra al tribunal. "Nuestra interpretación interna es que el tribunal no viene a castigar el peligro de caída, sino que el contenido (político) de la obra". Eso alegará la defensa en su apelación.
Él piensa que "aquí lo que se está sancionando es la interpretación de una obra de arte".