“Hoy es un día muy especial para mí”: Daniella Campos ganó recurso de protección en el juicio en contra de su exmarido

“Después de años de lucha, me sentí vista por primera por el sistema, como un ser humano”, dijo la personalidad.

Daniella Campos y su expareja se han visto envueltos en un escándalo judicial, que ha tenido a la personalidad muy complicada.

Sin embargo, durante este miércoles recibió una gran noticia por el proceso judicial que involucra al padre de su hija, el ingeniero, Esteban Caldentey Morales.

Recordemos que han ocurrido varias denuncias. primero su exmarido se llevó a la niña durante varios días sin avisarle el paradero de la menor y en última instancia, el hombre la acusó de violencia intrafamiliar.

Sin embargo parece que todos estos problemas entre ambos quedaron atrás a raíz de la resolución del juez, así lo contó en Instagram.

Daniella Campos gana el recurso de protección

“Hoy es un día muy especial para mí, quiero agradecer a la corte suprema, porque después de años de lucha, me sentí vista por primera por el sistema, como un ser humano y ganamos el recurso de protección de los derechos constitucionales que todos tenemos, esto no tiene género, raza, ni condición social, es el derecho que a todos nos asiste y protege nuestra constitución”, comenzó diciendo.

“Gracias a mis abogadas Alejandra Silva Aguilar y Ma. Josefina Ezquerro Mancilla, quienes dieron una lucha incansable, para que nunca más alguien deba ver expuesto, hasta lo más íntimo de su ser en un tribunal y en ninguna otra parte, sin su consentimiento”, agregó.

“Sentencia confirmada corte suprema:”Primero: Con fecha 9 de agosto de 2021, compareció́, Doña Daniella Andrea Campos Lathrop, por sí y en favor de su hija menor de edad, de iniciales M.C.C.C., e interpone acción de protección constitucional en contra de don Esteban Darío Mateo Caldentey Morales y don Sergio Eduardo Ojeda Aguilera, este último, juez titular del Juzgado de Familia de Colina”, explicó sobre el proceso legal.

“Por el acto que estima ilegal y arbitrario, consistente en el ofrecimiento y admisión de material audiovisual ilegítimo e ilícito como medio de prueba en causa RIT P- 40-2021 del Juzgado de Familia de Colina, estimando vulnerados sus derechos fundamentales de los numerales 1o, 4o y 5o del artículo 19 de la Constitución Política de La República”, sentenció.

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