Ni la primavera le dio un rayito de sol a "Nano"

27 de Agosto de 2020/SANTIAGO Hernan Calderon Hijo es trasladado a Santiago 1 FOTO: MAURICIO MENDEZ/AGENCIAUNO

Su defensa presentó dos informes a la Corte de Apelaciones para justificar la solicitud de arresto domiciliario total. Sin embargo, el tribunal de alzada le hizo la cruz y resaltó que "no puede soslayarse la naturaleza extremadamente dañina del arma utilizada". O sea, seguirá en Santiago 1.

El culebrón protagonizado por "Nano" Calderón escribió ayer un nuevo capítulo en su trama. Eso sí, repetido en ciertos pasajes, pues la defensa volvió a solicitar el arresto domiciliario total del joven.

A primera hora de ayer, la Corte de Apelaciones revisó las medidas decretadas por el 4° Juzgado de Garantía, el pasado 14 de septiembre, y escuchó atentamente los alegatos del defensor Mario Vargas, quien pidió modificar la prisión preventiva de su representado por una menos gravosa.

Para ello, sacó un informe psiquiátrico que le fue practicado al joven el pasado 16 de septiembre, vía Zoom, por un especialista en salud mental. ¡Ah! Y para que no se notara pobreza, presentó otro documento, de una médico legista, donde se señalaba que la herida sufrida por Hernán Calderón Salinas, el 11 de agosto, no era mortal.

Con todos los antecedentes sobre la mesa, la Novena Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Paola Plaza, Guillermo de la Barra y la fiscal judicial Javiera González- le dijeron "siga participando" a la defensa del joven y ratificaron la medida impuesta el pasado el 27 de agosto.

"Que los elementos aportados por la defensa en la audiencia y que, a su juicio, justificarían la revisión y modificación del régimen cautelar que afecta al imputado, no logran desvirtuar los fundamentos que sostienen la resolución en alzada", dice el fallo.

¿Y la cartita bajo la manga, ah? Sobre ese tema, señalaron que "los informes psiquiátricos privados aportados por la defensa, corroboran la ausencia de patología mental, pero sus conclusiones acerca de la inexistencia de peligrosidad y estado actual del imputado no han podido refrendarse dada la imposibilidad de realizar una pericia por parte del SML hasta esta fecha, por propia decisión de Calderón Argandoña asistido por su abogado". ¡Ufff!

Además, la Corte justificó su decisión al señalar que "no puede soslayarse la naturaleza extremadamente dañina del arma utilizada" por el imputado.

En esta oportunidad, el tribunal le negó la palabra a Hernán papi, debido a que en esta instancia sólo podían intervenir los abogados representantes. Por su parte, sacó la voz Nicolás Oxman, quien señaló en sus alegatos que el imputado no tuvo la intención de matar a su defendido... ¡Glup!

¡Vueeelta!. En la revisión de cautelares, varios se preguntaron si la chaqueta que vestía el abogado de Hernán Calderón Salinas era reversible a raíz de su exposición y la previa solicitud de apelación.

"En delitos como parricidio frustrado es difícil que venga una retractación de los hechos por la parte querellante y muy poco común que el abogado apele a la resolución", dijo el ex fiscal José Antonio Villalobos.

El profesional, quien renunció al Ministerio Público en 2017, concluyó que a raíz de esta retractación le será difícil a la Fiscalía mantener el parricidio frustrado y recomendó que el ente persecutor "disponga de todas las declaraciones de los testigos y solicite una reconstitución de los hechos para determinar lo ocurrido".

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