Custodia compartida de mascotas: ¿Con quién se queda el perro?

Foto referencial Getty Images
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La custodia compartida de mascotas es una realidad a nivel mundial.

“Esto ya es en serio, si tú te vas y yo me voy, ¿con quién se queda el perro?”, señala Jesse y Joy en su canción “¿Con quién se queda con el perro?” y es que al parecer esta sería la realidad de muchas exparejas.

En el 2022 el 8º Juzgado Civil de Santiago determinó que Nicolás Baeza y su ex polola debían cuidar a sus mascotas mediante una tuición compartida, ya que luego de siete años, decidieron poner término a su relación.

A pesar de que era la pareja de Nicolás quien aparecía como dueña de las mascotas en el Registro Nacional de Mascotas, la sentencia falló a favor de Baeza, por lo que Igor y Bambú, los dos perros shih tzu de la expareja, quedaron bajo una tuición compartida.

“Así como existe la custodia compartida de hijos en casos de divorcio o separación, no existe una regulación parecida para cuando esto ocurre con las mascotas. En términos legales, las mascotas aún se consideran bienes muebles —es decir, un objeto—, y no se les otorgan los mismos derechos y consideraciones que a las personas”, explicó a La Tercera, Alejandra Santelices, veterinaria, etóloga y directora de la Fundación EMA.

En cuanto al caso de Nicolás, la experta señala que “sentó un precedente, ya que el juez consideró que los animales sienten, lo que va más allá de la normativa”.

Cabe señalar que la legislación chilena no contempla este tipo de situaciones, como sí ocurre en España a través de la Ley de Protección Animal.

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Juez español acuerda custodia compartida de un perro

Un sujeto español demandó a su expareja señalando que el perro había sido adquirido por deseo de él y que mientras estuvieron juntos lo atendieron los dos de forma indistinta. Sin embargo, la mujer afirmó que el can fue adquirido únicamente por ella, que era la única persona que le atendía.

El juez del caso declaró la copropiedad y la custodia compartida del perro pastor belga, que será atendido cada quince días por sus dueños, quienes antes fueron pareja.

En esta misma línea señaló que en cuanto a los gastos de alimentación los pagará quien tenga al animal, mientras que los de vacunas o veterinario serán abonados al 50%.

En la resolución del caso, el magistrado explicó que tras la reforma del Código Civil en 2021, los animales “se consideran seres vivos dotados de sensibilidad o seres sintientes”, por lo que “a todos los animales, y especialmente si son de compañía, se les dota de un estatuto jurídico novedoso, propio e inexplorado jurídicamente”.

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