La Cuarta y Mutual de Seguridad te orientan sobre todos los beneficios que otorgan las mutualidades. Es importante saber las coberturas a las que tienen derecho los trabajadores.
Cada vez son más los “capos” que se peinan con los temas del seguro social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744), sobre todo con la pega que hacen las mutualidades, su funcionamiento y las diferentes coberturas a las que tienen derecho los que le ponen el hombro día a día en el trabajo.
Lo interesante de estas instituciones es que no se mandan solitas, ya que las mutualidades de empleadores (ACHS, IST y Mutual de Seguridad) son organizaciones sin fines de lucro que administran una ley que define su marco de acción y para vigilar que eso se cumpla está la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), organismo autónomo del Estado que tiene por objetivo fiscalizar el cumplimiento de la normativa de seguridad social y garantizar el respeto de los derechos de las personas, especialmente de los trabajadores, pensionados y sus familias.
Sus principales funciones son:
· Impartir las instrucciones que correspondan, para el correcto otorgamiento de los beneficios o prestaciones que establece la Ley de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales.
· Resolver las presentaciones, apelaciones y reclamos que realicen los usuarios, trabajadores, empleadores y las mismas mutualidades sobre sus derechos a la seguridad social.
· Realizar estudios e informes sobre aspectos médicos, actuariales, financieros, jurídicos y otros, referidos al ámbito de la ley 16.744.
· Administrar y mantener actualizado el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT).
· Realizar capacitaciones a través de cursos o talleres sobre temas vinculados a la seguridad social.
En el caso de un problema ¿Cómo solucionarlo?
Cómo verán, existe un organismo estatal que tiene un rol regulador para el sistema de mutualidades. Además de lo anterior, es en esta institución donde la “people” y los trabajadores podrán acudir para solucionar sus problemas o realizar reclamos relacionados a las siguientes situaciones:
· Problemas con el pago o retraso de tus licencias médicas.
· La calificación de un accidente trabajo, trayecto o enfermedad profesional.
· Si no te entregan todas las prestaciones médicas que garantiza la cobertura de accidentes laborales y enfermedades profesionales.
· Si estás desconforme con el cálculo de los beneficios económicos como pensiones o indemnizaciones.
· Si estás desconforme con la calificación de los porcentajes de invalidez en caso de sufrir secuelas permanentes.
Para más detalles visita en www.suseso.cl.
¡Despabílate! Ya que semanita por medio, vamos a ir resolviendo todas las dudas sobre la cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales (Ley 16.744).