Si sufres una agresión física o un asalto camino al trabajo, ¿las mutualidades también te protegen?

La Cuarta y Mutual de Seguridad te protegen también en caso de sufrir una agresión o un asalto camino a la pega. Es fundamental saber dónde acudir para quedar quedar informado acerca de la cobertura.

Hoy más que nunca los que le ponen el hombro día a día en la pega tienen que andar vivitos, no solo en sus puestos de trabajo o en sus trayectos para evitar accidentes, sino que también tienen que andar “atento al lupo” ante posibles agresiones, ya sea por “los polvoritas” que andan como locos en las calles y por cualquier cosa te salen con la choreza o peor aún, “los amigos de lo ajeno” que, en su afán de robarte, terminan haciéndote un daño mayor, incluso con consecuencias fatales.

Acá estamos claros que una de las principales preocupaciones de los trabajadores en este momento es ser víctima de la delincuencia, sobre todo con las temibles encerronas que se han vuelto pan de cada día a la hora de transitar por las calles y carreteras del país; no solo para los vehículos, sino también para los que andan bicicletas o los que se mueven a patita, ya sea camino o de regreso de su jornada laboral hacia su hogar.

La recomendación máxima es no oponer resistencia y entregar lo material, ya que lo único que no podemos recuperar es la vida. Sin embargo, en el caso que te pase (ni Dios lo quiera) y sufras agresiones camino a tu trabajo o de retorno a tu hogar, tienes un seguro social que te da cobertura médica ante esta situación. Así es, ¡Tienes cobertura! En palabras simples, si sufres un “accidente de trayecto”, o sea, un accidente que se da cuando un trabajador o trabajadora va o vuelve de su puesto laboral hacia su hogar tiene cobertura, cualquiera sea la causa de ese “accidente” o en este caso, si sufres agresiones físicas durante tus trayectos de ida y vuelta entre tu lugar de trabajo y tu hogar, cuentas con la cobertura del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales (Ley 16.744).

¿Qué tipo de cobertura?

Si eres víctima de un hecho delictual como trabajador, tienes derecho a todas las prestaciones médicas que entregan las mutualidades (Mutual de Seguridad, Achs e IST) o a través del sistema Público administrado por el ISL. Para que no digas que se nos van los detalles, acá te enumero cuales son las prestaciones médicas que contempla el Seguro de Accidentes del Trabajo:

- Atención médica, quirúrgica y dental.

- Hospitalización (en el caso de ser necesario).

- Entrega gratuita de medicamentos y productos farmacéuticos.

- Exámenes tales como Scanner, RX y Resonancia Magnética según se requiera.

- Prótesis, aparatos ortopédicos y sus respectivas reparaciones.

- Rehabilitación física, Psicológica y cualquier otro gasto que sea necesario para su recuperación.

- Acceso a diferentes especialidades médicas principalmente enfocadas en el manejo del Trauma.

¿Qué debo hacer?

- Lo primero que debes hacer es, si estás en condiciones de hacerlo, dar aviso de inmediato a tu jefatura directa o tu supervisor de la agresión sufrida en tu trayecto. Mientras te dan los primeros auxilios, deben derivarte de forma oportuna al servicio de urgencias de tu mutualidad.

¡Despabílate! Ya que semanita por medio, vamos a ir resolviendo todas las dudas sobre la cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales (Ley 16.744).

Temas Relacionados

COMPARTIR NOTA