Ya quedan pocas semanas para que comience una de las celebraciones favoritas de los chilenos.
A tan solo pocas semanas de que comience una de las celebraciones que más disfrutan los chilenos, muchos se preguntan cuál será el monto del Aguinaldo de Fiestas Patrias para este año.
Cabe mencionar que este 2024, las Fiestas Patrias serán de larga duración, ya que habrá cinco días para poder celebrar, incluido un fin de semana largo.
Los festejos comenzarán el miércoles 18 de septiembre con un feriado irrenunciable y se extenderán hasta el domingo 22.
Es por esto que un aguinaldo viene perfecto al bolsillo de todos los que se unan a la celebración XL de este año.
Para este 2024 el aguinaldo de Fiestas Patrias varía según el salario que reciben los trabajadores y trabajadoras, y en esta ocasión se registrará un alza en respecto a los $81.196 entregados hace un año:
- Los trabajadores que en agosto del 2024 reciban un sueldo líquido igual o inferior a $984.282 pesos, recibirán un aguinaldo de $85.093.
- Los trabajadores que reciban una remuneración líquida que supere los $984.282, entonces recibirán un aguinaldo de Fiestas Patrias de $59.071.
¿Qué trabajadores del sector público son beneficiados?
Aquellos trabajadores del sector público que desempeñen cargos de planta o a contrata hasta el 30 de agosto de 2024 y que sean parte de alguno de los siguientes establecimientos podrán recibir los montos correspondientes para estas Fiestas Patrias:
- Universidades estatales.
- Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
- Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP).
- Trabajadores de Astilleros y Maestranzas de la Armada, Ejército o de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile.
- Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
- Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
- Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
- Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Tribunales tributarios y aduaneros.
- Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
¿Es obligatorio que paguen aguinaldo?
Los empleadores no están en la obligación de entregar aguinaldo a sus trabajadores. Sin embargo, las gratificaciones, sí son obligatorias.
Los trabajadores del sector privado pueden recibir aguinaldo en caso de que:
- Esté consignado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula. En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido a la empresa como un derecho de los trabajadores.