A la ayuda monetaria que reciben mensualmente los adultos mayores le corresponde un reajuste, que se debe concretar a inicios de año.
Uno de los beneficios que reciben los adultos mayores es la Pensión Garantizada Universal, aporte que mensualmente entrega un monto de hasta $206.173.
Lo anterior se da en situaciones donde la persona recibe una pensión base de hasta $702.101, según detalla ChileAtiende. Por su parte, para ingresos entre $702.102 a $1.114.445, el monto es determinado de forma proporcional.
Aunque esta cifra deberá cambiar durante este año, porque la ayuda social cuenta con un reajuste que se debe efectuar anualmente.
¿Cuándo sube la Pensión Garantizada Universal?
La Pensión Garantizada Universal se reajusta el 1 de febrero. En dicha fecha, se determinará si deberá subir el valor que entrega el beneficio, en relación a la variación determinada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Así lo indica la Ley 21.419, que señala: “La Pensión Garantizada Universal y los valores en pesos chilenos establecidos en el artículo 9, se reajustarán automáticamente el 1 de febrero de cada año, en el cien por ciento de la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, en el año calendario anterior al del reajuste, siempre que dicha variación sea positiva”.
“Con todo, en el evento de que la variación sea negativa, el reajuste del año calendario siguiente considerará la inflación acumulada de ambos periodos, o periodos anteriores, hasta compensarlo completamente”, añade el texto.
¿Quiénes reciben la Pensión Garantizada Universal?
Pueden solicitar la PGU las personas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Sean adultos mayores de 65 años o más.
- No se encuentren dentro del 10% más rico de la población, según el Registro Social de Hogares.
- Reciban una pensión base menor a $1.114.446.
- Acrediten residencia en Chile cumpliendo con:
- Un periodo no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad del solicitante.
- Cumplir con cuatro años de residencia, dentro de los cinco anteriores a la solicitud.
Se puede postular a través de Internet en la página del Instituto de Previsión Social completando los datos o en oficinas de ChileAtiende.