Bono invierno: ¿Quiénes lo reciben, cuál es el monto y cuándo se paga?

Senado aprobó aporte extra de 60 mil pesos a los beneficiarios de Bono Invierno
Senado aprobó aporte extra de 60 mil pesos a los beneficiarios de Bono Invierno

Este beneficio no requiere postulación y será entregado de manera automática a quienes cumplan con los requisitos.

Mientras nos acercamos a la época más fría del año, los adultos mayores y los pensionados recibirán uno de los importantes beneficios para enfrentar los gastos relacionados a la época invernal: el Bono Invierno.

Ya se determinaron la fecha y los montos de los pagos para este 2022. La gran ventaja de este beneficio es que no necesita postulación, y el pago es automático para todos los pensionados que cumplan con los requisitos.

¿Quiénes recibirán el Bono Invierno?

Los beneficiarios deben cumplir con los siguientes requisitos:

-Tener 65 años de edad cumplidos al 1 de mayo del 2022.

-Recibir una pensión inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez vigente para mayores de 75 años (182.167 pesos, sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si lo hubiere).

-Ser pensionados y pensionadas de alguna de las siguientes instituciones: Instituto de Previsión Social (como ex INP, es decir, de las excajas de reparto); Instituto de Seguridad Laboral (ISL); Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca); Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena); Mutuales de empleadores.

-Pensionadas y pensionadas del sistema de AFP y compañìas de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o APSV,

-Beneficiarios y beneficiarias de la PGU.

¿Cuál es el monto y la fecha de pago?

El monto de este año es de $70.336, el cual no está sujeto a descuentos, por lo que los beneficiarios recibirán el monto íntegro.

El Bono Invierno se entrega durante mayo de manera automática, por lo que no es necesario realizar ningún trámite para recibirlo. Se entregará en la misma fecha que el beneficiario recibe su pensión.

¿Quiénes no son beneficiarios?

-Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech (Ley Nº 19.992).

-Titulares del Subsidio Discapacidad Mental, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).

-Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope estipulado.

¿Qué pasa si no recibo el bono?

Los pensionados que consideren que cumplen con los requisitos pero no recibieron en bono en mayo, podrán realizar un reclamo.

Para eso, se debe contactar con su entidad pagadora (IPS, AFP, Capredena, entre otros) y registrar un requerimiento para que se pueda analizar su caso.

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