Conoce los cuatro beneficios económicos que existen para los cesantes.
La tasa de desempleo en Chile aumentó entre diciembre de 2023 y febrero de 2024 según lo revelado en el informe más reciente del Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
El documento también mostró que los y las personas desocupadas llegaron al 4,9%, incididas principalmente por quienes se encontraban cesantes (4,5%).
Es por esto que es importante que las personas desempleadas conozcan los beneficios que pueden recibir para poder aliviar su bolsillo.
BONOS PARA CESANTES
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un beneficio monetario que se entrega a quienes se encuentren afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y que tengan una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
Uno de los requisitos para recibir el Seguro de Cesantía es que la persona debe haber tenido contrato, ya que el dinero entregado corresponde a una parte de los ingresos que se destinan a este seguro.
Requisitos para ser beneficiaria/a del Seguro de Cesantía:
- Acreditar cesantía a través de finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral.
- Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
- Contar las cotizaciones desde el último período con acceso al beneficio o, si es la primera solicitud, desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
- Retiros mensuales graduales según el tiempo de desempleo.
Para poder solicitar el Seguro de Cesantía debes ingresar a la siguiente página web usando tu clave AFC o Clave Única.
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario es un aporte económico del Estado y del empleador que otorga prestaciones por cesantía.
Para ser beneficiario de este aporte, las personas no deben contar con los recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) al momento de quedar desempleados.
Requisitos para ser beneficiaria/a del Fondo de Cesantía Solidario:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Tener al menos 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los 24 meses anteriores al despido.
- Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato que haya terminado por diversas razones, dejando activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
Para postular al Fondo de Cesantía Solidario, debes ingresar a la página web usando tu clave AFC o Clave Única.
Subsidio de cesantía
El Subsidio de Cesantía es un beneficio económico que es entregado por un período máximo de 360 días a todas las personas que se encuentren en situación de desempleo.
Cabe mencionar que los beneficiarios de este subsidio deben considerar que este Subsidio resulta incompatible con cualquier actividad remunerada.
Para ser beneficiario debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional en los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022 (para contratos firmados después de esta fecha, aplicar al seguro de cesantía pagado por la AFC).
Para solicitar el Subsidio de Cesantía, el trámite debe hacerse ante la institución previsional que les corresponda (IPS o Caja de Compensación).
Compensación por término de contrato
La compensación por término de contrato tiene el objetivo de reemplazar o complementar la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
Este acuerdo puede ser alcanzado con el empleador después del séptimo año de relación laboral con la empresa, buscando sustituir la indemnización legal, permitiendo así que los trabajadores puedan cobrarlo libremente, sin mayor problema.