Cómo solicitar el feriado progresivo para tener más vacaciones

Cómo solicitar el feriado progresivo para tener más vacaciones. Foto referencial Getty Images
Cómo solicitar el feriado progresivo para tener más vacaciones. Foto referencial Getty Images

Un beneficio que se entrega en relación a la antigüedad del trabajador. Revisa aquí su funcionamiento.

Algunos trabajadores, dependiendo de su antigüedad laboral, puede acceder al feriado progresivo, gracias al que se pueden extender las vacaciones del año.

Según determina el Código del Trabajo, los empleados pueden acceder al derecho si cumplen con:

  • Llevar, al menos, 10 años de trabajo en su vida.
  • Cumplir 3 años trabajando con un mismo empleador.

“Todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrá derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados, y este exceso será susceptible de negociación individual o colectiva”, indica el texto en su Artículo 68.

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Cómo solicitar el feriado progresivo para tener más vacaciones. Foto referencial

Cómo funciona

Lo anterior se traduce en que, a los 15 días que corresponden de vacaciones al año normalmente, si un trabajador cumple con los requisitos puede solicitar el feriado progresivo para descansar durante 16 días.

Luego de tres años, estos pasarán a ser 17 días de vacaciones, y así sucesivamente.

Sin embargo, si la persona se cambia de trabajo perderá los años acumulados para este propósito, por lo que el tiempo solo será útil para cumplir con los 10 años de base que se requieren y se reiniciará el conteo.

Cómo se solicita el feriado progresivo

Los trabajadores que han permanecido con un mismo empleador deben acreditar los años de labores mediante el contrato de trabajo, considerando la fecha de ingreso.

Según indica la Dirección del Trabajo, en el caso de empleados que han cambiado de trabajo, deben demostrar el tiempo trabajado con alguno de los siguientes documentos:

  • Certificado que otorgue la Inspección del Trabajo.
  • Instrumento público que conste de forma fidedigna la prestación de servicios, tales como, sentencias judiciales, convenios o fallos arbitrales, escrituras públicas, o certificados de cotizaciones previsionales otorgados por las respectivas AFP.
  • Si no existen los documentos anteriores, se pueden acreditar los años a través del trámite judicial informaciones para perpetua memoria.

También se destaca que la acreditación ante el nuevo empleador se debe completar antes de hacer uso de vacaciones, de lo contrario, se perderá el beneficio.

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