Según lo indicado en la Ley de Tránsito, mojar a un transeúnte es una infracción menos grave. Revisa a qué multa se exponen los conductores que cometen esa acción.
Las intensas lluvias que han azotado a la zona centro sur de Chile han provocado que una gran cantidad de agua se acumule en las calles, lo que podría convertirse en un dolor de cabeza para muchas personas.
¿La razón? Al haber pozas o charcos en esos lugares, los peatones y ciclistas están más expuestos a ser mojados por los vehículos que transitan a gran velocidad por la calle.
Sin embargo, lo que quizás no sea conocido por todos es que ese comportamiento de los conductores podría ser penalizado legalmente. Esto, considerando que en nuestro país existe una ley que establece una multa a aquellos automovilistas que mojen a quienes transiten cerca de ellos.
La multa para los conductores que mojen a peatones
Según expresa el artículo 122 de la Ley de Tránsito, en los casos en que haya agua acumulada en la calzada, “el conductor cuidará que ésta no moje la acera ni a los peatones” que estén en las cercanías.
Mientras tanto, el numeral 21 del artículo 2021 de la Ley de Tránsito establece que si un conductor llegara a salpicar con agua a un peatón, se trata de una infracción menos grave.
Eso se traduce en que se arriesgan a una multa de 0,5 a 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM), lo que equivale a un monto entre $32.885 y $65.770, teniendo en cuenta el valor de la UTM en junio de 2024.
Si una persona llegara a ser víctima de esta acción es posible reportarla a Carabineros. Lo más importante que se debe tener es la patente del vehículo responsable.
Con esa información se podrá ir a una comisaría y denunciar el hecho con funcionarios de Carabineros. Por último, las cámaras de televigilancia también pueden ser usadas como prueba para comprobar que efectivamente ocurrió el incidente.