Horario del toque de queda en Valparaíso este miércoles 7

Revisa el horario del toque de queda en la Región de Valparaíso este miércoles 7 de febrero. Foto referencial.

Al aplicar esta medida, queda estrictamente prohibida la circulación peatonal y vehicular por las vías públicas, por lo que, quienes no respeten, serán detenidos.

El toque de queda para este miércoles 7 de febrero en la Región de Valparaíso será aplicado en un total de 20 sectores.

De esta manera, 16 de los lugares que tendrán que acatar esta medida pertenecen a Viña del Mar y cuatroQuilpué.

Horario y sectores del toque de queda

El toque de queda comenzará este miércoles 7 de febrero a las 22:00 horas y se extenderá hasta las 05:00 horas.

La información fue entregada por la Jefatura de Defensa para las Provincias de Marga Marga y Valparaíso, a través de la red social de la Armada de Chile, quienes señalan que los sectores que deberán acatar la medida son los siguientes:

Viña del Mar

  • Villa Alegre
  • Reñaca Alto / Villa La Cruz
  • Sector Manuel Bustos
  • Villa Rukán
  • Estrella Sur
  • Los Almendros
  • Ampliación Villa Dulce Norte
  • Pedro de Valdivia
  • Limonares
  • Canal Beagle
  • El Salto
  • Chorillos
  • Miraflores Bajo
  • El Olivar (sur y norte)
  • Villa Dulce Norte
  • Villa Independencia

Quilpué

  • Valencia
  • Pompeya
  • Calicheros
  • Los Pinos

¿Quiénes pueden circular?

El toque de queda significa que está estrictamente prohibida la circulación peatonal y vehicular por vías públicas.

Por ende, toda persona que no respete estos horarios será detenida para, posteriormente, ser puesta a disposición inmediata del Ministerio Público o de los Tribunales de Justicia competentes, según lo descrito por la Armada de Chile.

No obstante, la entidad también indicó que, de esta medida, se exceptúa el personal de Bomberos, Conaf, Senapred, “asistencia de salud, de las Fuerzas Armadas, policial, municipal, regional, de empresas de transporte público, empresas del Estado y de servicios básicos, supermercados y establecimientos de víveres y provisiones, farmacias, trabajadores portuarios y actividades marítimas”, así como también de servicios públicos o privados que trabajen en el control y superación de la catástrofe.

Además, a los mencionados anteriormente, también podrán exceptuarse el personal de las siguientes entidades:

  • Poder Judicial.
  • Ministerio Público.
  • Defensoría Penal Pública.
  • Servicio de Mejor Niñez.
  • Miembros del Congreso Nacional.
  • Periodistas e integrantes de los medios de comunicación que estén ejerciendo sus funciones.

Sin embargo, estos podrán circular exclusivamente exhibiendo la credencial que los identifique como tal.

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