Ley “antievasión”: SII informó plazos para regularizarse a quienes venden por redes sociales

SII informó plazos para regularizarse a quienes venden productos por redes sociales.
SII informó plazos para regularizarse a quienes venden productos por redes sociales.

La norma establece límites de transferencias y obliga a los bancos a informar el número de movimientos y montos.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) difundió los deberes y plazos para quienes generen rentas vía actividades no formalizadas y puedan regularizar su situación tributaria.

Ante la entrada en vigencia de la Ley de Cumplimiento Tributario o “Antievasión” —la cual busca hacer frente a la informalidad de los emprendimientos— obliga a que los bancos informen semestralmente sobre contribuyentes que reciben en un mismo día, semana o mes, 50 o más transferencias de diferentes personas, o 100 dentro de un mismo semestre; junto con ello, el monto agregado de dichos intercambios.

Eso sí, la norma no aplica, por ejemplo, a quienes reciben gran número de transferencias por ser tesorero de curso, o por actividades solidarias, sociales o rifas.

Plazos y rubros

En tanto, profesionales independientes, comerciales, industriales, entre otras deben avisar de aquel “Inicio de actividades” ante el SII, obligación que debe cumplirse durante dos primeros meses en que se comienza con la labor en cuestión.

Respecto a la venta de productos y realización de servicios, de no iniciarse actividades y sin emitir el documento respectivo, el contribuyente se “expone a multas y sanciones tributarias”, según el SII.

Entre los rubros que deben cumplir con este trámite se encuentran: venta productos por internet, ya sean de elaboración propia o adquiridos de terceros; servicios en plataformas web, redes sociales o páginas de comercio vía internet; tienda física en la que venden productos o entregan servicios; y servicios profesionales o de otro tipo a terceros y reciben un pago.

Las personas que ya están formalizadas y reciban transferencias como pago, no tienen de qué preocuparse, “ya que se trata de un medio de pago como la tarjeta bancaria y/o efectivo” dentro de su propio emprendimiento. Si el pago es por transferencia o efectivo, “siempre se debe emitir la boleta”, añadió el SII.

Para regularizar la situación de tu emprendimiento, puedes pinchar ACÁ.

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