Reajuste salarial: ¿Aumentará el sueldo mínimo en 2025?

¿Cuántas veces aumentará el sueldo mínimo en 2025? Foto referencial: Getty Images.

Tras el reajuste del ingreso mínimo mensual a $500.000, a partir del 1 de enero del 2025 los salarios podrían aumentar nuevamente según se establece en la ley.

A partir de este lunes 1 de julio comenzó a regir la nueva norma de la Ley N° 21.578 en la que se aumenta el sueldo mínimo de $460.000 a $500.000 para trabajadores de 18 años hasta 65 años.

Asimismo, también se modificó el monto mínimo de salario a trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años en el que recibirán mensualmente $322.295.

Y según se establece en el Artículo 1 de la ley mencionada anteriormente, este reajuste salarial evidenciará nuevas alzas a partir del próximo año, lo que benefician a miles de trabajadores formales a lo largo del territorio nacional.

Así, a partir del próximo 1 de enero del 2025, “reajústase el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y las trabajadoras mayores de 18 y de hasta 65 años conforme a la variación acumulada por el Índice de Precios al Consumidor, determinada e informada por el Instituto Nacional de Estadísticas entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de diciembre de 2024″.

Traduciéndose así el primer alza de salarios correspondiente al siguiente año según establezca el IPC.

Alza del sueldo mínimo 2025

Asimismo, también se espera que el 2025 el sueldo mínimo registre una segunda alza durante el transcurso del mismo año.

Así, el segundo aumento de salario se podrá evidenciar a partir del jueves 1 de mayo del próximo 2025, pero esta modificación estará a manos de la aprobación de un proyecto de ley que deberá ser enviado a más tardar durante el mes de abril de aquel año.

Reajuste salarial: ¿Aumentará el sueldo mínimo en 2025? Foto: Getty Images.

El proyecto debe proponer un nuevo reajuste del monto del ingreso mínimo mensual, así como de la asignación familiar y maternal, y del subsidio familiar con el objeto de que comience a regir a contar del 1 de mayo de 2025, y consultará para su elaboración las sugerencias del Consejo Superior Laboral”; según se menciona en el Artículo 6 de la Ley N° 21.578.

Cabe recordar que el reajuste del sueldo mínimo significa consigo la modificación de los montos de algunos beneficios económicos que se entregan por parte del Estado a los ciudadanos que cumplan con ciertos requisitos según los factores que se establezcan.

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