Regreso de las mascarillas: ¿Cuáles son las permitidas?

Revisa cuáles son las mascarillas permitidas. Foto referencial.
Revisa cuáles son las mascarillas permitidas. Foto referencial.

Con el objetivo de reducir los contagios por enfermedades respiratorias, el uso de estas volverá a ser obligatorio, aunque solo en algunos lugares.

Desde el 1 de abril, en el país comenzó a el uso obligatorio de mascarillas en ciertos lugares con el objetivo de prevenir los contagios de enfermedades respiratorias.

Por este motivo, el Ministerio de Salud (Minsal) decretó una alerta sanitaria, así como otras estrategias para la Campaña de Invierno 2024.

El objetivo de la campaña, como siempre, es disminuir la mortalidad y la morbilidad de la población producto de las enfermedades respiratorias invernales”, explicó el subsecretario de Redes Asistenciales, Osvaldo Salgado.

¿Cuáles son las mascarillas permitidas?

Las mascarillas que se deben utilizar son las médicas, quirúrgicas, de procedimiento y de tres pliegues, así como también los respiradores de alta eficiencia tipo N95, KN95 y equivalentes.

El uso de estas será obligatorio hasta el 30 de septiembre o, de acuerdo con lo indicado por el decreto, hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

¿Quiénes y dónde deben utilizarse?

El decreto señala que el uso de mascarillas es obligatorio para el equipo de salud de centros públicos y privados, incluyendo a los pacientes, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica, así como también cualquier persona que se encuentre en los servicios de urgencia de todos los niveles de atención de la Red Asistencial.

No obstante, el documento también indica que, en caso que el virus evolucione y la situación lo amerite, se podrá requerir el uso de estas en otros lugares de acceso público o donde exista aglomeración con el fin de evitar la propagación de enfermedades.

¿Hasta cuándo es la alerta sanitaria?

La alerta sanitaria del Minsal se extenderá hasta el próximo lunes 30 de septiembre de 2024, conforme con lo indicado por el Diario Oficial.

No obstante, el decreto también señala que la fecha de término podría cambiar, por lo que, dependiendo de cuáles sean las condiciones sanitarias, el plazo de vigencia se acortará o se prolongará.

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