Revisa el pago del Subsidio al Empleo Joven de enero

Revisa el pago del Subsidio al Empleo Joven de enero. Foto: Agencia Uno.

El beneficio le entrega los trabajadores un aporte de hasta $40.436 mensuales para mejorar sus ingresos, si cumplen con los requisitos.

Comienza la entrega del pago mensual del Subsidio al Empleo Joven, el beneficio estatal al que pueden acceder algunos empleados para mejorar sus ingresos.

El aporte económico se encuentra a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) y facilita, a trabajadores de entre 18 y 24 años, un monto variable dependiendo de su salario.

Pago de enero del Subsidio al Empleo Joven

Desde este miércoles 31 de enero se puede recibir el pago del Subsidio al Empleo Joven, cuya cifra es calculada en relación a la renta de octubre, pudiendo alcanzar los $40.436 mensuales.

El detalle para cada persona se puede revisar en el sitio web del Sence, ingresando al perfil personal usando la Clave Única.

El pago llega a la cuenta bancaria indicada al momento de completar el formulario de postulación, mientras que quienes prefieran efectuar un retiro presencial, tendrán que dirigirse a una sucursal de BancoEstado con su cédula de identidad, en un plazo máximo de 90 días.

Revisa el pago del Subsidio al Empleo Joven de enero. Foto referencial.

Cómo postular al Subsidio al Empleo Joven

El Subsidio al Empleo Joven mantiene un proceso de postulación en esta página, en la que se puede acceder con Clave Única para completar el formulario.

Los requisitos para solicitar el aporte son los siguientes:

  • Tener entre 18 y 24 años con 11 meses de edad.
  • Estar trabajando de forma dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de menores ingresos según el Registro Social de Hogares.
  • Personas con 21 años o más, deben contar con licencia de educación media.
  • Recibir una renta bruta mensual inferior a $606.537 para recibir pagos mensuales, o una renta bruta anual inferior a $7.278.446 para elegir el pago anual.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una institución del Estado o empresa con aporte estatal superior al 50%.
  • No ser beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado.
  • Los trabajadores independientes deben emitir boletas de honorarios y realizar su Declaración de Renta del SII.

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