El Servicio de Impuestos Internos entregó detalles del comienzo de la fiscalización del límite de depósitos y transferencias diarias, semanales, mensuales y semestrales.
Una de las medidas que más preocupa a los comercios virtuales no regulados ya tiene fecha definitiva en la que el Servicio de Impuestos Internos (SII) comience la fiscalización.
La Ley de Cumplimiento Tributario, o mejor conocida como Ley Antievasión, consta con que los bandos estarán obligados a informar al SII cuando sus clientes sobrepasen las 50 transferencias diarias, semanales o mensuales; asimismo también se suman las 100 transferencias semestrales.
Pero Aún existen dudas sobre cuándo comenzará a regir esta nueva fiscalización que preocupa a cientos de trabajadores y personas naturales que trabajan constantemente con sus cuentas bancarias.
¿Cuándo y cómo se llevará a cabo la norma?
Esta nueva ley obliga ahora a los bancos e instituciones financieras a entregar información al SII sobre los montos de depósitos y transferencias que reciban y realicen sus clientes.
En cuando a la fecha en la que las fiscalizaciones bancarias comenzarán, el Servicio de Impuestos Internos aclara que esta norma comenzará una vez que las entidades financieras emitan el primer informe correspondiente a enero del 2025.
“La información deberá ser remitida al Servicio de manera semestral dentro de los meses de julio y enero respecto del semestre inmediatamente anterior”.
Es decir, según indica la ley, el primer reporte semestral se realizará en enero de 2025 respecto del segundo semestre de 2024.
La información que será entregada corresponde a:
- Los datos del titular de la cuenta.
- El número de la cuenta.
- La cantidad de depósitos recibidos por otras personas o entidades en un período de tiempo.
Cabe destacar que esta norma tiene como objetivo la fiscalización de la informalidad comercial.
Es más, recibir más de 50 transferencias en un mes no implica sanciones siempre y cuando estas no estén relacionadas con una actividad comercial irregular.