Subsidio Familiar de octubre: revisa el pago con el RUT

Subsidio Familiar de octubre: revisa el pago con el RUT. Foto referencial.

Este beneficio se traduce en un depósito de $21.243 por carga familiar para el grupo.

Mensualmente se paga el Subsidio Familiar que se traduce en un apoyo económico para los gastos familiares, que llega directamente a la madre, padre o tutor del hogar.

El beneficio consta de un depósito de $21.243 por carga familiar y $42.486 si se trata de una persona con discapacidad, al que se accede mediante una postulación a realizar en la municipalidad correspondiente.

Una segunda modalidad es el Subsidio Familiar Automático, que se facilita sin necesidad de hacer trámites a grupos que estén dentro del 40% de menores ingresos, según Registro Social de Hogares, y cuenten con algún integrante menor de 18 años.

Revisa el pago del Subsidio Familiar con el RUT

Se pueden revisar el pago del Subsidio Familiar en la siguiente página de ChileAtiende, ingresando el RUN.

Si la identidad de la persona tiene beneficios asociados, mostrará la fecha y forma en que se podrá cobrar el dinero. Lo mismo aplica a otras ayudas sociales asignadas, de acuerdo a la información proporcionada desde el Instituto de Previsión Social.

Quienes dispongan de una CuentaRUT vigente, recibirán el dinero por esa vía. En el caso de preferir otro modo de pago, se puede solicitar una modificación, en sucursales de ChileAtiende.

Subsidio Familiar de octubre: revisa el pago con el RUT. Foto referencial.

Cuáles son los requisitos

Este subsidio se entrega a madres, padres o tutores, si no tienen previsión social y son parte del 60% de la población de menores ingresos, según el Registro Social de Hogares.

Los causantes de la entrega del beneficio son los menores de edad y las personas con discapacidad de todas las edades. En relación a dichos integrantes, deben cumplir con lo siguiente:

  • Menores de 8 años deben participar en programas de salud del Minsal para la atención infantil.
  • Mayores de 6 años deben acreditar ser alumnos regulares en establecimientos reconocidos por el Estado, a excepción de personas con discapacidad.
  • Personas con discapacidad no deben ser beneficiarias de alguna pensión asistencial o de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez.

El subsidio se debe gestionar en la municipalidad correspondiente al domicilio, donde se comprueba la calidad del beneficiario y se solicitan los antecedentes, según explica ChileAtiende.

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