Cada año, millones de pesos quedan olvidados en cuentas bancarias. Descubre si tienes dinero pendiente de cobrar antes de que lo pierdas para siempre.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publica anualmente el listado de “Acreencias Bancarias Afectas a Caducidad”, una lista que incluye los fondos que no han sido reclamados y que podrían estar a tu nombre.
Cada año, cientos de personas pierden la oportunidad de recuperar dinero olvidado en cuentas bancarias o de instituciones financieras, y que si no es reclamado, queda en manos del Estado.
Si alguna vez tuviste una cuenta en un banco o cooperativa y sospechas que podrías tener dinero pendiente, es fundamental revisar si eres uno de los afectados antes de que pierdas el dinero.
Cómo funcionan las acreencias bancarias
Según señala el Artículo 156 de la Ley General de Bancos, al transcurrir dos años desde que una cuenta no tiene movimientos o el dinero no haya sido cobrado, la entidad financiera deberá elaborar una lista con estos datos.
La lista tiene que ser enviada directamente a la CMF o se debe publicar en el Diario Oficial para que las personas puedan tener acceso a esta.
Cabe señalar que luego de que hayan pasado tres años de su publicación, la acreencia va a caducar en enero y los no retirados son traspasados a Bomberos.
Revisa si tienes acreencias bancarias 2024
Para revisar si es que se cuenta con alguna acreencia bancaria, las personas deben utilizar el buscador de la CMF, en donde está toda la información correspondiente. Para utilizar la herramienta se deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al buscador de acreencias bancarias de la CMF (clic acá)
- Escribir en el buscador el nombre completo, o el de la empresa, y seleccionar el botón “Buscar acreencias”.
- En caso que existan resultados compatibles, se desplegará un listado de los bancos y el monto de dinero que todavía no se ha cobrado.
Las personas que posean acreencias bancarias a su nombre en alguna entidad financiera, deberán presentarse directamente en la CMF, junto a su cédula de identidad, para poder recuperar el monto señalado.
En el caso de los montos que correspondan a personas fallecidas, quienes soliciten el cobro tendrán que acreditar la posesión efectiva.