Despabílate: ¿Qué son las Enfermedades Profesionales?

La Cuarta y Mutual de Seguridad te orientan sobre las enfermedades ligadas al trabajo. Es importante prevenir y ser consciente de sus consecuencias para que no afecten nuestro organismo.

Todos nos hemos enfermado alguna vez de alguna afección común, ya sea con un resfriado común, un dolor de “guatita”, fiebre o la caña que les quedará celebrando estas Fiestas Patrias. Pero a pesar de que podemos cachar rápidamente qué son las enfermedades comunes, existe otra categoría que se llaman “Enfermedades Profesionales” y que sus orígenes son a consecuencia del trabajo que desempeña o las sustancias a las que está expuesta.

En palabras simples, son aquellas enfermedades causadas estrictamente por el ejercicio de la profesión o la pega de una persona y que provocan, por consecuencia, la incapacidad para trabajar o en el peor de los casos la muerte. Este achaque, que generalmente aparece de forma paulatina, debe presentar la existencia de una lesión o patología que puede ser musculoesquelética, de salud mental o relacionada a la exposición prolongada a un elemento como la silicosis (polvo) o la hipoacusia (ruido).

En resumen, podemos decir que los elementos que la componen son:

• Existencia de una Lesión o Patología que puede ser Musculo Esqueléticas, Silicosis/hipoacusias y Salud mental.

• Produce incapacidad (no te permite trabajar) y en el peor de los casos, muerte por la patología.

• Siempre tiene relación de causalidad directa entre la patología y el ejercicio de la profesión o trabajo que realizas.

Recuerda que las enfermedades tienen múltiples causas de origen, por eso se evalúa de manera minuciosa para ver si tu enfermedad tiene directa relación con tu trabajo o no.

¿Cómo se identifica una enfermedad profesional?

¡Atenti al lupo! La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) definió un protocolo de calificación de enfermedades profesionales, el que consiste en 6 pasitos:

1. Denuncia: Si presentas una dolencia de posible origen laboral, tú o tu empleador deben realizar la denuncia de Enfermedad Profesional en su respectiva mutualidad.

2. Evaluación Médica: En un plazo de 7 días tendrás que ser atendido por un médico quien examinará y solicitará las evaluaciones clínicas y de las condiciones de trabajo.

3. Evaluación de las condiciones de trabajo: Para determinar la exposición a un agente de riesgo se debe evaluar las condiciones del trabajo. En el caso de salud mental, se realizarán entrevistas a otros trabajadores de la empresa.

4. Comité de Calificación: Un comité de expertos será el que realice la calificación de origen de la enfermedad, basándose en las evaluaciones clínicas y las condiciones de trabajo.

5. Notificación a la empresa y trabajador: La entrega de los resultados será en un plazo máximo de 5 días. (informe del comité, la resolución de calificación y los informes de exámenes). ¡Ojo, tu empleador solo recibe la calificación!

6. Prescripción y verificación de medidas inmediatas: Si el resultado es “Enfermedad Laboral”, la mutualidad deberá prescribir y verificar las medidas de control del riesgo y entregar las prestaciones y coberturas necesarias para su tratamiento.

¡Despabílate! Ya que semanita por medio, vamos a ir resolviendo todas las dudas sobre la cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales (Ley 16.744).

Temas Relacionados

COMPARTIR NOTA