Revisa el paso a paso para ejercer el derecho sin problemas.
Hoy comienzan a regir los 10 días de retracto que tendrán los estudiantes para cambiar de casa de estudios tras publicarse los resultados de las postulaciones a universidades.
Cabe recordar que este 28 de febrero se conocieron los resultados de las postulaciones y que este lunes -junto con el inicio del primer período de matrículas- comienza a regir el derecho a retracto. Para tal efecto, los interesados deberán ingresar a los sitios web www.sernac.cl y www.sesuperior.cl, donde encontrarán toda la información sobre cómo ejercerlo.
"Este derecho nació precisamente para resguardar a los estudiantes que se matriculan para asegurar un cupo, sin tener toda la información de las postulaciones, con el fin de que ellos y sus familias tengan un plazo para reflexionar la decisión y elegir la mejor alternativa. La educación no es como contratar cualquier servicio, pues está en juego el futuro laboral de los jóvenes y es una decisión a largo plazo", indicó el director Nacional del Sernac, Lucas del Villar.
Plazo de 10 días
Además, del Villar precisó que las instituciones de educación superior estarían obligadas a respetar este derecho, lo que significa que deben devolver lo pagado y los documentos, en un plazo de 10 días, desde que se ejerció el retracto. "Por ende, no sería aceptable, por ejemplo, que indiquen que el dinero se devuelve en tres meses más", precisó.
En caso de existir instituciones de educación superior que no cumplan con este derecho, se exponen a sanciones por parte de la SES y a las demás acciones que pueda llevar a cabo el Servicio Nacional del Consumidor para resarcir los perjuicios que pudieren sufrir los afectados.
¿Cómo ejercer el derecho a retracto?
- Presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.
- Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha de la misma. Los usuarios pueden acceder a un formato de carta visitando nuestro especial.
- Si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, es una infracción legal.
- Pedirle a la institución quetimbre o firme una copia de la carta, o bien, a través de algún otro mecanismo, deje constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.