El Sernac detalló cuándo las empresas deben aplicar descuentos por este tipo de cortes.
Debido al sistema frontal que ha afectado a varias zonas del país, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó sobre los derechos que tienen los consumidores ante los cortes de servicios básicos causados por lluvias.
Según se establece en el Artículo 25A de la Ley del Consumidor, las compañías proveedoras de agua y energía eléctrica deben restituir el servicio a la brevedad y compensar automáticamente a los usuarios afectados, dependiendo del nivel de afectación.
Compañías deben compensar automáticamente a los usuarios
En el caso de que las interrupciones de los servicios sean continuas entra 4 a 24 horas, el descuento debe ser equivalente a 10 veces el valor promedio diario facturado en la última cuenta.
Mientras que si las interrupciones son menores a 4 horas o en intervalos discontinuos dentro de 24 horas, la compañía debe compensar el valor promedio diario de lo facturado en la cuenta anterior, proporcional al tiempo de interrupción.
“Es importante destacar que estos descuentos deben aplicarse de manera automática en la próxima boleta”, señala el Sernac.
De todas maneras, si el cliente considera que la compensación no fue la adecuada o si el corte del suministro tuvo otro tipo de daños, como la quema de electrodomésticos, podrán poner un reclamo en el sitio web del Sernac o por medio de su línea gratuita 800 700 100.